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Canal Institucional

Ley subcontratación

Obtener certificación

1.- Complete el Formulario 30-1 que está dispuesto en nuestro sitio web o que puede solicitar directamente en la Inspección respectiva .

2.- Adjunte al Formulario 30-1 todas las planillas de cotizaciones previsionales de todos los organismos de previsión a los cuales el empleador esté obligado a pagar:

- Planillas de cotización de las distintas AFP
- Planillas de cotización del Seguro de Cesantía AFC
- Planillas de cotización del INP
- Planillas de cotización de las distintas ISAPRES
- Planillas de cotización de la respectiva C.C.A.F, si procede
- Planillas de cotización de la respectiva Mutualidad del empleador, si procede

3.- En materia laboral, adjunte al Formulario 30 - 1 los siguientes documentos requeridos:

-Comprobantes de pago de remuneraciones debidamente firmados por los trabajadores.

-Cualquier otro sistema en uso que tenga el empleador, con la condición que pueda comprobarse el pago de remuneraciones y que contenga, a lo menos, el nombre del trabajador, el monto de la remuneración imponible del respectivo mes y la firma del trabajador.

-Libro auxiliar de remuneraciones (este requisito es sólo para aquellas empresas que posean 5 o más trabajadores)

4.- En materia de indemnizaciones, adjunte al Formulario 30-1 los siguientes documentos:

- Nómina de todos los trabajadores despedidos en el período a certificar, con indicación de la causal invocada y duración de la relación laboral.

- Todas las notificaciones de término de contrato de los trabajadores despedidos en el período que se solicita certificar.

- Todos los finiquitos de los trabajadores despedidos, ratificados ante un Ministro de Fe y que se hubieren originado en el mismo período.

- Los comprobantes de pago de remuneraciones de los últimos 3 meses de los trabajadores despedidos por el art. 161 del Código del Trabajo, por los que no se presenta finiquito y que hubieren tenido remuneración variable.

5.- Presente directamente el Formulario 30-1 y el comprobante de pago de los derechos, en la Oficina de Partes de la Inspección correspondiente o bien haga el trámite a través del sitio web de la Dirección del Trabajo. En este caso, el sistema le entregará un comprobante de solicitud, previo pago de los derechos, también denominado Formulario 30-1, con datos básicos y que luego será ingresado en forma directa a los funcionarios que estén a cargo de la Certificación.

En ambos casos debe adjuntar toda la documentación necesaria para la certificación.

El trámite vía web presenta las siguientes ventajas:

- La solicitud será recibirá directamente por el funcionario, que el Jefe de Oficina haya designado responsable de la Certificación, evitando así ingresar la solicitud por Oficina de partes.

- La solicitud tendrá prioridad para la revisión de los antecedentes para la emisión del Certificado.

- Se dará un trato personalizado al responsable de la empresa del trámite ante la Inspección.

- Se tomarán las medidas pertinentes y que, dentro de la legalidad, permitan agilizar el trámite.

El costo de este certificado es de $ 2.500 si la solicitud se realiza en oficinas del servicio y de $2.200.- si se realiza a través de la Web de la Dirección del Trabajo, cuyo comprobante de pago de los derechos se debe acompañar al Formulario 30-1, cuando el solicitante se presente en la Inspección con los documentos requeridos.

Leyes

Ley Nº 20.123, regula trabajo en regimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios

Haciendo click sobre el documento, usted podrá conocer la normativa que comienza a regir a contar del 15 de enero de 2007.

Reglamentos

D.S. 319 (Reglamento certificación)

Aprueba reglamento del articulo 183-c inciso segundo del código del trabajo, incorporado por la ley n°20.123, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.

D.S. 319 (Reglamento certificación)

Aprueba reglamento del articulo 183-c inciso segundo del código del trabajo, incorporado por la ley n°20.123, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.

D.S. 76 (Reglamento Sobre la gestión de la seguridad y salud en el Trabajo en obras, faenas o servicios)

Aprueba reglamento para la aplicación del articulo 66 bis de la ley n°16.744 sobre la gestión de la seguridad y salud en el Trabajo en obras, faenas o servicios que indica.

D.S. 76 (Reglamento Sobre la gestión de la seguridad y salud en el Trabajo en obras, faenas o servicios)

Aprueba reglamento para la aplicación del articulo 66 bis de la ley n°16.744 sobre la gestión de la seguridad y salud en el Trabajo en obras, faenas o servicios que indica.

Orden de Servicio

Orden de Servicio Nº 7

Imparte criterios de actuación e instrucciones para la aplicación de las normas referidas a la obligación de notificación de accidentes del trabajo fatales y graves y la obligación de autosuspensión de la obra o faena.

Circulares

Circular Nº 70 30/07/2007.

Establece procedimiento para tramitar solicitudes de sustitución de multas administrativas impuestas por infracciones a normas de higiene y seguridad a empresas de 25 o menos trabajadores.

Circular Nº 148: Establece procedimiento para solicitar y emitir Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales y Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales.

Por medio de este documento usted podrá saber en específico de qué forma opera nuestro servicio en la gestión y emisión de certificados relacionados a la Ley de Subcontratación

Noticias

Christian Melis, jefe de la División Inspectiva de la Dirección del Trabajo; Michel Laurie, gerente de Servicios Laborales de KPMG; Jaime Dinamarca, gerente de Operaciones de la Sofofa, y Fernando Leigh, directivo de KPMG.

Analizan alcances de la Ley de Subcontratación

En la actividad organizada por la Sociedad de Fomento Fabril, el Jefe de la División Inspectiva de la Dirección del Trabajo, Christian Melis, se refirió a la trascendencia de la Ley de Subcontratación a un año y medio de su puesta en marcha.

Positivo Balance de los Efectos de la Ley de Subcontratación

La Dirección del Trabajo cumplió compromiso de plazos para la entrega de cerca de 7.800 certificados a empresas contratistas. El 12,4% de incumplimiento, detectado en fiscalización dirigida especialmente a las actividades económicas con prácticas conocidas de suministro permanente de mano de obra, indica un positivo nivel de internalización de trabajadores, destacó la directora del Trabajo, Patricia Silva Meléndez. En la primera quincena de vigencia de la ley, un total de 26 Empresas de Servicios Transitorios se habilitaron como tales en el registro que lleva la Dirección del Trabajo.

Crece el número de EST inscritas en el Registro de Empresas de Servicios Transitorios

En los primeros cuatro días de vigencia de la nueva ley las empresas interesadas en proveer trabajadores para servicios transitorios suman treinta. El interés del público por saber más de la normativa ha elevado en 48% las visitas a la web.

Más de 20 Empresas han Iniciado Inscripción para Suministrar Trabajadores en Servicios Transitorios

El número de empresas interesadas aumentó 57% en las últimas horas. El registro es público y puede accederse a él a través de www.direcciondeltrabajo.cl. Cabe señalar que la ley otorga un plazo de 180 días, desde su entrada en vigencia, para regularizar su inscripción en el Registro EST a aquellas empresas que estaban funcionando al momento de publicación de la norma, el pasado 16 de octubre de 2006.

Formularios

Formulario notificación accidentes graves o fatales

Este formulario debe ser utilizado por el empleador para comunicar un accidente a la Inspección del Trabajo y a la Seremi de Salud

Solicitud de Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales. Ley de Subcontratación

Vigente a partir del 14 de Enero del 2007. De uso obligatorio por todos los peticionarios de este tipo de certificados, debiendo completarse todos sus campos de conformidad con la realidad que se dé en cada caso. Esta solicitud de certificado, tendrá el carácter de Declaración Jurada. Asimismo, advertimos a usted, señor(a) usuario(a) que no es posible realizar los pagos de este trámite mediante transferencia electrónica, si no en las formas ya establecidas: a través del pago por caja en el BancoEstado o como usuario(a) de Trámite en Línea de la Dirección del Trabajo

Certificados

Solicitud de Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales. Ley de Subcontratación

Vigente a partir del 14 de Enero del 2007. De uso obligatorio por todos los peticionarios de este tipo de certificados, debiendo completarse todos sus campos de conformidad con la realidad que se dé en cada caso. Esta solicitud de certificado, tendrá el carácter de Declaración Jurada. Asimismo, advertimos a usted, señor(a) usuario(a) que no es posible realizar los pagos de este trámite mediante transferencia electrónica, si no en las formas ya establecidas: a través del pago por caja en el BancoEstado o como usuario(a) de Trámite en Línea de la Dirección del Trabajo

Comunicados

Positivo Balance de los Efectos de la Ley de Subcontratación

La Dirección del Trabajo cumplió compromiso de plazos para la entrega de cerca de 7.800 certificados a empresas contratistas. El 12,4% de incumplimiento, detectado en fiscalización dirigida especialmente a las actividades económicas con prácticas conocidas de suministro permanente de mano de obra, indica un positivo nivel de internalización de trabajadores, destacó la directora del Trabajo, Patricia Silva Meléndez. En la primera quincena de vigencia de la ley, un total de 26 Empresas de Servicios Transitorios se habilitaron como tales en el registro que lleva la Dirección del Trabajo.

Documentos

Premio Tucapel González García

Circular Nº 70 30/07/2007.

Establece procedimiento para tramitar solicitudes de sustitución de multas administrativas impuestas por infracciones a normas de higiene y seguridad a empresas de 25 o menos trabajadores.

Formulario notificación accidentes graves o fatales

Este formulario debe ser utilizado por el empleador para comunicar un accidente a la Inspección del Trabajo y a la Seremi de Salud

Nómina Seremis de Salud

Listado de las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud donde el empleador debe notificar un accidente grave o fatal.

Nómina Inspecciones del Trabajo

Listado de Inspecciones del Trabajo donde el empleador debe notificar una accidente grave o fatal.

Paso a paso: Ley 20.123 Protección a la salud y seguridad de los trabajadores

La modificación legal vigente desde el 14 de Enero del año 2007 incorpora nuevos instrumentos de prevención de riesgos en el trabajo para los trabajadores en régimen de subcontratación y servicio transitorio , fijando además otras actuaciones que corresponden al empleador en caso de accidente grave o fatal en el lugar de trabajo. Para la aplicación de las nuevas normas, en particular referidas a los Arts. 66 bis y 76 de la Ley 16.744 y los Arts. 184 y 477 del Código del Trabajo, se han aprobado tanto el Reglamento Nº 76, del Mintrab como las Circulares 2.345 y 2.346 de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), de Enero del año 2007.

Circular Nº 2.345 (Suseso) Ley de Subcontratación

Imparte instrucciones respecto de las obligaciones impuestas a las empresas por los incisos cuarto y quinto del artículo 76 de la Ley N° 16.744, en virtud de lo establecido en la Ley N° 20.123.

Audiovisual

Avisos radiales

Usted puede escuchar los spots publicitarios relacionados a la Ley de Subcontratación haciendo click sobre cada uno de los archivos.

Presentación de temas

Subcontratación

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