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Descansos, Siete domingos al año.
Descansos, Siete domingos al año.

¿El derecho a descansar 7 días domingo por cada año de vigencia del contrato puede ser materia de negociación?

Sí. Se contempla la posibilidad de que mediante acuerdo escrito entre trabajador y empleador, o bien, entre este último y el o los sindicatos existentes, hasta tres de estos días de descanso sean reemplazados por días sábado, en tanto se distribuyan junto a un domingo, casos en los que se ha pretendido que los trabajadores gocen de un fin de semana de descanso íntegro.

Descansos, Siete domingos al año.
Descansos, Siete domingos al año.
Respecto del descanso de 7 días domingo anuales, el legislador ha contemplado en el artículo 38 bis del Código del Trabajo, la posibilidad de que mediante acuerdo escrito entre trabajador y empleador, o bien, entre este último y el o los sindicatos existentes, hasta tres de estos días de descanso sean reemplazados por días sábado, en tanto se distribuyan junto a un domingo, casos en los que se ha pretendido que los trabajadores gocen de un fin de semana de descanso íntegro. Tratándose de los acuerdos alcanzados entre el empleador y el o los sindicatos, cabe puntualizar que el alcance de éstos, se restringe en sus efectos, respecto exclusivamente a los trabajadores afiliados a cada una de estas organizaciones.
(Ver: Código del Trabajo, artículo 38 bis)
Descansos, Siete domingos al año.
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Última modificación: 07/10/2021

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