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Estatuto Docente, Técnico Profesional, Contrato y Término
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¿Cuál es la duración de los contratos de docentes de establecimientos técnico profesionales administrados por Corporaciones Privadas?

El contrato puede ser de: Plazo indefinido, cuando se celebra sin fecha de término pudiendo durar por toda la vida laboral del trabajador, Plazo fijo, cuya duración es de un año laboral docente; es decir, por el período comprendido entre el primer día hábil del mes en que comienza el año escolar y el último del mes inmediatamente anterior a aquél en que se inicia el año escolar siguiente. Reemplazo, aquel en virtud del cual un docente labora en un establecimiento educacional para suplir transitoriamente a otro profesional de la educación con contrato vigente que no puede desempeñar su función, por cualquier causa y durará todo el período de ausencia del profesional reemplazado, debiendo señalarse expresamente el nombre del docente reemplazado y la causa que motiva su ausencia.

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Respuesta completa
Atendido que los establecimientos técnico profesionales administrados por Corporaciones Privadas se rigen por el Estatuto Docente, artículo 78 y siguientes, a tales establecimientos les resulta aplicable lo dispuesto en el inciso 1 letra d) del artículo 79 del Estatuto Docente. De este modo, el contrato puede ser de plazo indefinido, de plazo fijo, o de reemplazo. El contrato es de plazo indefinido cuando se celebra sin fecha de término pudiendo durar por toda la vida útil del trabajador. Por su parte, el contrato de plazo fijo es aquél cuya duración es de un año laboral docente, es decir, por el período que media entre el primer día hábil del mes en que se inicia el año escolar y el último del mes inmediatamente anterior a aquél en que se inicie el año escolar siguiente. Finalmente, el contrato de reemplazo es aquel en virtud del cual un docente labora en un establecimiento educacional para suplir transitoriamente a otro profesional de la educación con contrato vigente que no puede desempeñar su función, por cualquier causa y durará todo el período de ausencia del profesional reemplazado, debiendo señalarse expresamente el nombre del docente reemplazado y la causa que motiva su ausencia.

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Última modificación: 09/04/2018

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