Contenido principal

Centro de consultas

Negociación Colectiva, Fuero laboral
Negociación Colectiva, Fuero laboral

¿Goza de fuero laboral el trabajador con contrato de plazo fijo cuando negocia colectivamente?

Negociación Colectiva, Fuero laboral
Negociación Colectiva, Fuero laboral

El artículo 309 del Código del Trabajo establece que los trabajadores afectos a un proceso de negociación colectiva gozan de fuero laboral desde los 10 días anteriores a la presentación del proyecto de contrato colectivo y hasta 30 días después de la suscripción del respectivo instrumento, o de la fecha de notificación del fallo arbitral correspondiente. Sin embargo, no se requiere solicitar el desafuero de aquellos trabajadores sujetos a plazo fijo, cuando dicho plazo expirare dentro del período antes referido. De esta forma, el fuero laboral por negociación colectiva protege a los trabajadores con contrato de plazo fijo desde los 10 días anteriores a la fecha de presentación del proyecto de contrato colectivo y hasta la fecha fijada en el contrato para su término, si ello acontece antes de cumplirse los 30 después de la suscripción del respectivo instrumento colectivo.

Negociación Colectiva, Fuero laboral
Negociación Colectiva, Fuero laboral

Última modificación: 07/10/2021

Negociación Colectiva, Fuero laboral