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Estatuto Docente; Corporación Municipal; Funciones de reemplazo;

ORD. N°1025

03-mar-2015

Resulta jurídicamente procedente designar a don Henry Williams Wilson Manríquez, como director reemplazante de la Escuela de las Artes y de las Tecnologías, dependiente de esa Corporación, por un lapso que no exceda de seis meses contados desde que el director dejó de ejercer sus funciones, siempre que el mismo reúna los requisitos contemplados en el artículo 24 del Estatuto Docente para ingresar a la dotación respectiva, como, asimismo, aquellos previstos para incorporarse a la función docente directiva.

estatuto docente, corporación municipal, funciones reemplazo,

ORD.: 1025 /

MAT.: Estatuto Docente. Corporación Municipal. Funciones de reemplazo.

RORD.: Resulta jurídicamente procedente designar a don Henry Williams Wilson Manríquez, como director reemplazante de la Escuela de las Artes y de las Tecnologías, dependiente de esa Corporación, por un lapso que no exceda de seis meses contados desde que el director dejó de ejercer sus funciones, siempre que el mismo reúna los requisitos contemplados en el artículo 24 del Estatuto Docente para ingresar a la dotación respectiva, como, asimismo, aquellos previstos para incorporarse a la función docente directiva.

ANT.: 1) Correo electrónico de 25.02.2015, de Jaime Muñoz Vicencio, Asistente Jurídico Corporación Municipal de Servicios y Desarrollo de Maipú.

2) Instrucciones de 17.12.2014 y 09.10.2014, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

3) Instrucciones de 25.08.14 y 18.06.2014, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

4) Instrucciones de 04.04.2014, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

5) Comparecencia de 13.02.2014, de Mario Andrés Riquelme Neira, Abogado en representación de la Corporación Municipal de Servicios y Desarrollo de Maipú.

6) Oficio Nº12/2014 de 08.01.2014, de Jonathan Fernández Figueroa, Secretario General, Corporación Municipal de Servicios y Desarrollo de Maipú.

SANTIAGO, 03.03.2015

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : JONATHAN FERNÁNDEZ FIGUEROA

SECRETARIO GENERAL

CORPORACIÓN MUNICIPAL DE SERVICIOS Y DESARROLLO DE MAIPÚ

AV. PAJARITOS Nº 2756

MAIPU/

Mediante Oficio del antecedente 6), complementado mediante comparecencia del antecedente 5), se ha solicitado un pronunciamiento jurídico de esta Dirección acerca de la procedencia de designar como director reemplazante de la Escuela de las Artes y de las Tecnologías, dependiente de esa Corporación, a don Henry Williams Wilson Manríquez, quien, actualmente, ejerce el cargo de Coordinador de Extensión Escolar en la Administración Central, con contrato de trabajo regido por el Código del Ramo.

Al respecto cumplo con informar a Ud. lo siguiente:

El artículo 25 del D.F.L. Nº1 de 1997, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº19.070 que aprobó el Estatuto Docente, modificado por el artículo 1º, numeral 11 de la ley Nº20.501, sobre Calidad y Equidad de la Educación, publicada en el Diario Oficial el 26.02.2011, dispone:

"Los profesionales de la educación se incorporan a una dotación docente en calidad de titulares o en calidad de contratados.

Son titulares los profesionales de la educación que se incorporan a una dotación docente previo concurso público de antecedentes.

Tendrán calidad de contratados aquellos que desempeñan labores docentes transitorias, experimentales, optativas, especiales o de reemplazo de titulares".

De la norma legal precedentemente transcrita, aplicable a los profesionales de la educación del sector municipal, se deduce que tales profesionales al ingresar a una dotación docente pueden hacerlo en calidad de titulares o de contratados, cumplidos previamente los requisitos de incorporación a la misma que se consignan en el artículo 24 del citado cuerpo legal.

Se infiere, asimismo, que los titulares son aquellos que ingresan a la dotación previo concurso público de antecedentes, en tanto que los contratados son aquellos que desempeñan labores docentes transitorias, experimentales, optativas, especiales o de reemplazo de titulares.

Precisado lo anterior, cabe señalar, por su parte, que el artículo 27 del Estatuto Docente, establece:

"La incorporación a una dotación docente en calidad de titular se hará por concurso público de antecedentes, el que será convocado por el Departamento de Administración de la Educación o por la Corporación Educacional respectiva. Dichos concursos deberán ajustarse a la normas de esta ley y su reglamento".

A su vez, el artículo 26, inciso final del citado cuerpo legal, en su nuevo texto modificado, prescribe:

"Los docentes a contrata podrán desempeñar funciones docentes directivas".

De esta suerte, aplicando en la especie lo expuesto en las disposiciones legales transcritas, preciso es convenir que nada obsta a que el profesional de la educación por quien se consulta pueda desempeñar el cargo de Director de la Escuela de las Artes y de las Tecnologías, debiendo incorporarse a la respectiva dotación docente en calidad de contratado para ejercer dicha función de reemplazo, mientras se designe a un titular, para cuyos efectos el educador deberá reunir las exigencias de ingreso previstas en los números 1 al 5 del artículo 24 de la ley Nº 19.070, como asimismo cumplir con los requisitos especiales para incorporarse a la función docente directiva, consagrados en el inciso 4º del mismo artículo.

En consecuencia, sobre la base de las disposiciones legales citadas y consideraciones formuladas, cumplo con informar a Ud. que resulta jurídicamente procedente designar a don Henry Williams Wilson Manríquez, como director reemplazante de la Escuela de las Artes y de las Tecnologías, dependiente de esa Corporación, por un lapso que no exceda de seis meses contados desde que el director dejó de ejercer sus funciones, siempre que el mismo reúna los requisitos contemplados en el artículo 24 del Estatuto Docente para ingresar a la dotación respectiva, como, asimismo, aquellos previstos para incorporarse a la función docente directiva.

Saluda a Ud.,

JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

SOG/MBA

Distribución:

  • Jurídico.

  • Parte.

  • Control.

ORD. N°1025
estatuto docente, corporación municipal, funciones reemplazo,

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Concordancias directas:ordinario 1025 de 03.03.2015
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