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Dictámenes y Normativa

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Ejemplo: 4919/115
Período

Artículo 183 AD

Texto

     Artículo 183-AD.- Las empresas de servicios
transitorios estarán obligadas a proporcionar capacitación
cada año calendario, al menos al 10% de los trabajadores
que pongan a disposición en el mismo período, a través de
alguno de los mecanismos previstos en el Párrafo 4º del
Título I de la ley Nº 19.518.
     La Dirección del Trabajo verificará el cumplimiento
de la obligación establecida en este artículo.

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