Contenido principal

Dictámenes y Normativa

Búsqueda simple
Ejemplo: 4919/115
Período

Dictamen destacado

ORD. N°1295

Materias únicas: negociacion colectiva
Fecha: 21-mar-2017

Los trabajadores de la empresa Distribuidora Comercial Caserita Ltda., quienes luego de haber participado en su calidad de socios en la negociación colectiva llevada a cabo por el sindicato allí constituido, se desafiliaron de este último, están obligados a efectuar a su favor el aporte previsto por el inciso 3º del artículo 346 del Código del Trabajo, durante toda la vigencia del respectivo contrato colectivo, celebrado con arreglo a la norma del inciso 2º del artículo 369 del Código del Trabajo, sin que resulte procedente exonerarse de dicho mandato legal por la circunstancia de no haberles reportado tal negociación un mejoramiento de sus remuneraciones y condiciones laborales o por no haberse suscrito materialmente el referido instrumento.

Documentos relacionados dictamen 4606/265 de 02.09.1999 (6)

Ordinarios

ORD. N°1867

Fecha: 15/04/2015

Negociación Colectiva; Contrato Colectivo Forzado; Trabajadores que no participaron de la negociación anterior;

Dictámenes

ORD. Nº 2854/160

Fecha: 30/08/2002

Negociación Colectiva. Contrato Colectivo Forzado

Dictámenes

ORD. Nº626/37

Fecha: 28/02/2002

Negociación colectiva; Contrato Colectivo; Forzado; Estipulaciones;

Dictámenes

ORD. Nº3589/176

Fecha: 25/09/2001

Negociación Colectiva; Contrato Colectivo Forzoso; Estipulaciones;

Dictámenes

ORD. Nº2697/216

Fecha: 04/07/2000

Negociación colectiva; Bono término de conflicto; Vigencia; Derecho a negociar; Iniciación de huelga; Aprobación; Quorum;

Dictámenes

ORD. Nº4606/265

Fecha: 02/09/1999

Negociación colectiva; Contrato colectivo forzado; Estipulaciones; Huelga; Aprobación; Quórum; Ultima oferta; facultades del empleador;