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Dictamen destacado

ORD. N°5083

Materias únicas: descanso semanal - guardia de seguridad - jornada de trabajo
Fecha: 06-oct-2015

Si bien la labor de guardia de seguridad por la que se consulta se encuentra exceptuada del descanso dominical y de días festivos, lo que permite al empleador distribuir la jornada de trabajo de manera tal que comprenda los mencionados días, ello no lo habilita para modificar unilateralmente aquella pactada en los contratos de trabajo.