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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD.: Nº3797/203

Materias únicas: alcance - negociación colectiva - prohibición de negociar
Fecha: 30-jun-1997

Se encuentran inhabilitados para negociar colectivamente en conformidad al artículo 305 del Código del Trabajo los trabajadores de la Empresa Banco Corpbanca, Ex-Banco Concepción, que tengan incorporados en sus contratos individuales de trabajo cláusulas de prohibición de negociar, mientras no exista una decisión judicial o administrativa en sentido contrario.