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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. N°575

Materias únicas: cuerpo de bomberos
Fecha: 12-feb-2021

No procede legalmente que los trabajadores que se desempeñan como cuarteleros conductores de los Cuerpos de Bomberos, renuncien al descanso compensatorio en la jornada diaria siguiente acordando un pago, por la interrupción del descanso diario que consagra el inciso tercero del artículo 152 bis del Código del Trabajo, cuando el trabajador deba concurrir a un acto de servicio o emergencia relacionado con sus funciones.

Documentos relacionados dictamen 2392/58, 02.06.2017 (1)

Dictámenes

ORD. N°2392/58

Fecha: 02/06/2017

Jornada de trabajo; Trabajadores del Cuerpo de Bomberos; Conductores de carro bomba;