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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. N°5621

Materias únicas: licencia maternal
Fecha: 20-nov-2017

1. No corresponde al empleador pagar, a una profesional de la educación que se desempeña en un establecimiento particular subvencionado, las remuneraciones durante el período en que esta haga uso de descanso maternal, sin perjuicio de lo que las partes hayan convenido, en virtud de la autonomía de la voluntad. 2. Es jurídicamente improcedente conceder, a un docente de un establecimiento particular subvencionado, un permiso sin goce de remuneraciones que comprenda los meses de enero y febrero, ya que ello supone la renuncia a su derecho a feriado con remuneración íntegra.