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Dictámenes y Normativa

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Período

Dictamen destacado

ORD. N°5087

Materias únicas: competencia dirección del trabajo
Fecha: 03-oct-2018

La calificación del “feriado anual” como “ausencias temporales” para los efectos del artículo 4º del Decreto Exento Nº1.122 de 1998, recae en la Prefectura de Carabineros respectiva, razón por la que esta Dirección debe inhibirse de emitir pronunciamiento.