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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. N°1374

Materias únicas: Competencia Dirección del Trabajo
Fecha: 29-abr-2021

1. El traspaso del servicio educacional no exime a las corporaciones municipales de su obligación de pagar las deudas que hubieren contraído durante su administración, sino que la propia Ley N°21.040 dispone que estas últimas continúan siendo las únicas responsables y obligadas al pago de lo adeudado. 2. Corresponde a la Dirección del Trabajo tramitar las denuncias por deudas contraídas por las Corporaciones Municipales, previo al traspaso del servicio educacional. por ser de su cargo y de su resultado, informar a los denunciantes.

Documentos relacionados ordinario 6340, 17.12.2018 (1)

Ordinarios

ORD. N°6340

Fecha: 17/12/2018

Competencia Dirección del Trabajo; Superintendencia de Educación;