Solicitud de audiencia de conciliación

Trabajo

Descripción

Permite a un trabajador solicitar que la Dirección del Trabajo (DT) cite a su ex empleador a una audiencia de conciliación para gestionar el pago de remuneraciones, cotizaciones, indemnizaciones y otros montos adeudados por el término del contrato laboral.

En cualquiera de los demás casos se debe acudir personalmente a la Inspección del Trabajo respectiva para interponer el reclamo.

{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año.}}

Paso a paso: Cómo realizar el trámite

En Línea

  1. Haga clic en ir al trámite.
  2. Complete los datos requeridos y haga clic en continuar.
  3. Ingrese el día y hora en que se llevará a cabo la audiencia de conciliación.
  4. Imprima el comprobante de ingreso del reclamo.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado una audiencia de conciliación. El plazo para gestionar el requerimiento es de hasta 26 días hábiles para la primera instancia.
Ir al Trámite

En Oficina

  1. Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la Inspección del Trabajo que corresponda al lugar en que se prestaron los servicios o a aquélla en que encuentra la casa matriz de la empresa o el domicilio del trabajador (en caso de haber cambiado su residencia para prestar servicios).
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar una audiencia de conciliación.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado una audiencia. El plazo para gestionar el requerimiento es de hasta 26 días hábiles para la primera instancia.

Detalles

También puede presentar el reclamo un trabajador que puso término al contrato porque el empleador incurrió en alguna de las causales que permiten el autodespido.

Esto también aplica para el trabajador que, teniendo relación laboral vigente, desea efectuar una demanda judicial, además de aquéllos que prestaron sus servicios en el sector público, regidos principal o subsidiariamente por el Código del Trabajo. En ambos casos, lo reclamado debe ser por un monto inferior a 10 ingresos mínimos mensuales.

En caso de despido injustificado, indebido, improcedente o por despido indirecto el trabajador no podrá recurrir al tribunal una vez transcurridos 90 días hábiles contados desde la fecha del despido.

Beneficiarios

Trabajadores dependientes de 18 años o más que dieron término a su relación laboral.

Vigencia

Indefinida.

Documentos requeridos

Sólo para el trámite en oficina:

  • Identificación del trabajador que reclama (nombre, RUT y domicilio).
  • Fecha de inicio y término de la relación laboral, jornada y función desarrollada.
  • Razón social de la empresa o nombre del ex empleador.
  • Domicilio de la empresa o donde el trabajador prestó sus servicios.
  • RUT del exempleador (si lo conoce).
  • Domicilio de la casa matriz y faena (si corresponde).
  • Nombre y RUT del representante legal (si lo conoce).
  • Teléfono y correo electrónico del exempleador (si lo conoce).

Costo de trámite

No tiene costo.

Marco legal

D.F.L. Nº2 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo).

Trabajo