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Trámites y servicios

Investidura de empleados públicos como ministros de fe

Descripción

Permite a organismos públicos y asociaciones de funcionarios actuar como ministros de fe:

  • En actos internos de una organización sindical.
  • En el proceso de votación para que un organismo público se afilie o desafilie de una caja de compensación.

{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año.}}

¿A quién está dirigido?

Organismos públicos y asociaciones de funcionarios.

Importante: si el trámite es realizado en línea, la persona debe contar con clave única, entregada por el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).

¿Qué necesito para hacer el trámite?

  • Solicitud escrita de la entidad pública o asociación de funcionarios.
  • Lista elaborada por el jefe de personal del organismo público, para identificar a los funcionarios que actuarán como ministros de fe e informar el lugar donde se desempeñarán.

¿Cual es el costo del trámite?

No tiene costo.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

En Oficina

  1. Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la Inspección del Trabajo que corresponda al domicilio del organismo público al cual pertenece.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la investidura de funcionarios públicos como ministros de fe.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la investidura, cuya respuesta podrá obtener en un plazo de 17 días hábiles.