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01/04/2004

"Adaptabilidad laboral es un tremendo estímulo a la capacidad de negociación colectiva"

Propuesta del Gobierno tiene como objetivo que empresarios y trabajadores tengan la posibilidad de negociar y flexibilizar la jornada de trabajo, dependiendo de las necesidades de ambas partes.

Santiago, 4 de marzo de 2003

Las crecientes dificultades de las normativas para proteger plenamente los derechos de los trabajadores y las necesidades de las empresas de enfrentar eficaz y competitivamente los desafíos productivos de la economía, llevaron al Gobierno a optar por profundizar en un sistema donde trabajadores y empresarios puedan negociar y adaptar las jornadas de trabajo, según las necesidades que existan, pero no excediendo un límite semanal establecido.

Así lo señaló el Subsecretario del Trabajo, Yerko Ljubetic, quien manifestó que es importante destacar que los topes de horario semanales serán efectivamente "de un número de horas menor que el que trabajan los chilenos suscritos a las reglas actualmente vigentes en la materia. Menor de las 48 horas actuales y eventualmente menor de las 45 horas que van a regir a partir del 2005". Por lo tanto este proyecto "no significa que las personas trabajen más sino que trabajen mejor", especificó.

El Subsecretario explicó que esta propuesta es "una manera de tensar nuevas formas de protección de los trabajadores que sean adecuadas al tipo de situaciones que estamos viviendo con escenarios económicos muy dinámicos de competencia en Chile y en el exterior".

Además, dijo, se busca generar una mayor capacidad de los trabajadores para crear sindicatos y realizar negociaciones colectivas. El Subsecretario Ljubetic destacó que "este proyecto no sólo puede ser conducente a pactos que protejan a la gente sino que además puede ser un tremendo estímulo a la capacidad de negociación en las empresas, ya que existe un bajo nivel de sindicalización y de negociación colectiva en Chile. Creemos que este elemento va a incentivar la apertura de nuevos espacios para el ejercicio de los derechos colectivos que es los que caracteriza a un sistema de relaciones laborales en democracia".

(Fuente: www.gobiernodechile.cl)