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Dictámenes y Normativa

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Las negociaciones con Estados Unidos, Canadá y México para el ingreso al Tratado de Libre Comercio de América del Norte y la reciente asociación al Mercado Común del Sur son muestras claras de la voluntad política de la actual Administración por avanzar en este sentido.

Estos tratados internacionales tienen la importancia económica de unir áreas geográficas densamente pobladas que configuran gigantescos mercados libres de restricciones comerciales, dando lugar a verdaderos bloques que actúan de manera cohesionada y crecientemente proteccionista en sus negociaciones con el resto del mundo.

De esta manera, la nueva realidad económica ha producido necesariamente importantes modificaciones en el modelo de relaciones laborales de cada uno de los estados partes de estos acuerdos internacionales -y si como el gobierno confía la estrategia de que Chile prospera-, es dable esperar cam-bios semejantes al interior de nuestra economía.

En efecto, del análisis de las directrices y principios laborales que se han dado los estados que conforman el NAFTA y el MERCOSUR, en el Acuerdo de Cooperación Laboral de América de Norte(1993) y el Protocolo de Ouro Preto(1994), respectivamente, es posible deducir las nuevas orientaciones que deberá adoptar el sistema de relaciones laborales existente en nuestro país para hacer frente al gran desafío de la internacionalización.

En mi opinión, son tres las grandes líneas de acción en las que se debería avanzar para hacer compatible nuestra legislación laboral con las exigentes normativas internacionales: una, el fortalecimiento de la negociación colectiva como metodología de resolución de conflictos laborales por medio de su extensión a sectores que se encuentran impedidos de negociar en la actualidad; dos, la eliminación de cualquier clase de discriminación en el acceso y la mantención en el empleo a través de la promoción de políticas públicas en este orden; y tres, la prescripción de condiciones mínimas de higiene y seguridad en el trabajo que sean eficaces. Todas estas orientaciones serán exigidas como normas básicas en el marco jurídico internacional, que por razones de transparencia de los mercados y de libre competencia, promoverá y demandará la aplicación efectiva de la legislación laboral, tanto interna como internacional.

Así las cosas, las enmiendas legislativas al Código del Trabajo que actualmente se discuten en el Congreso Nacional, encuentran su justificación no sólo en razones de justicia social sino que también en aquellas que tienen directa relación con la inserción de nuestro país en una economía mundial, abierta y competitiva.