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22/06/2004

Corte Suprema ratifica fallo en favor de la Dirección del Trabajo

Se confirma la reconsideración de doctrina hecha por el Servicio, donde incluye a los guardias de seguridad en el Nº 2 del artículo 38 del Código Trabajo otorgándoles el derecho de que dos de los descansos compensatorios que les corresponde en el respectivo mes calendario recaigan en día domingo.

La Corte Suprema ratificó el fallo emitido en primera instancia por la Corte de Apelaciones de Santiago, favorable a la Dirección del Trabajo, en el caso del dictamen sobre guardias de seguridad de la Empresa Gama Service.

De esta manera, se confirma la reconsideración de doctrina hecha por el Servicio, donde incluye a los guardias de seguridad en el Nº 2 del artículo 38 del Código Trabajo, otorgándoles el derecho de que, a lo menos, dos de los descansos compensatorios que les corresponde en el respectivo mes calendario recaigan en día domingo.