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05/07/2005

Gobierno, trabajadores y empresarios ejecutan acuerdo de prevención de accidentes laborales

Suscrito en mayo pasado, con la firma de este documento, gobierno, trabajadores y empresarios renuevan su compromiso por promover la prevención de los riesgos que generan los accidentes fatales y graves y la mejoría de las condiciones de trabajo, con miras al bicentenario de la Nación.

Gobierno, trabajadores y empresarios asumieron en mayo pasado el compromiso de realizar acciones para promover la seguridad y la salud en el trabajo, a través del "Acuerdo Nacional de Prevención de Accidentes Laborales Fatales y Graves 2005-2010".

Con la firma de este documento, gobierno, trabajadores y empresarios renuevan su compromiso por promover la prevención de los riesgos que generan los accidentes fatales y graves y la mejoría de las condiciones de trabajo, con miras al bicentenario de la Nación.

El compromiso fue suscrito por el ministro del Trabajo y Previsión Social, Yerko Ljubetic; el presidente de la Central Unitaria de Trabajadores, Arturo Martínez; el presidente de la Confederación de la Producción y del Comercio, Hernán Somerville y el presidente (s) de la Asociación de Mutuales, Eugenio Heiremans.

El primer compromiso de este tipo se firmó en 1997, cuando el país registraba una tasa de accidentabilidad de un 10,39%. Luego, el año 2000 fue refrendado por el Gobierno, la CUT y la Confederación de la Producción y del Comercio, quienes se comprometieron a mantener la tasa de accidentabilidad anual inferior a un 10%.

Actualmente, se registra una tendencia a la baja en la tasa de accidentabilidad laboral de un 7,1%.

Contenido del Acuerdo Nacional

En el Acuerdo Nacional de Prevención de los Accidentes las instituciones públicas involucradas en el cumplimiento de la normativa se comprometen a perfeccionar la coordinación, y a desarrollar y perfeccionar programas de fiscalización dirigidos a sectores de alto riesgo.

Por su parte, los organismos administradores del Seguro (Mutuales), sin perjuicio de sus obligaciones legales en la materia, incentivarán el cumplimiento de la obligación del empleador de informar a sus trabajadores sobre los riesgos laborales y las medidas para prevenirlos; estimularán todas las medidas para evitar riesgos de accidentes; desarrollarán programas de capacitación; e investigarán todos los accidentes fatales y graves de que tomen conocimiento.

Los empleadores, a su vez, asumen el compromiso de revisar periódicamente sus medidas de prevención, promover el desarrollo de la cultura preventiva en sus empresas y centros productivos y realizar la notificación inmediata de todos los accidentes presumiblemente laborales.

Los empresarios acuerdan, además, fomentar y facilitar la acción de los organismos administradores y de los Departamentos de Prevención, así como la constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios, cuando corresponda.

En el Acuerdo Nacional, los trabajadores y sus organizaciones se enfocarán a exigir el cumplimiento de su derecho a conocer debidamente las medidas de prevención establecidas en el reglamento interno; a integrar y participar en el Comité Paritario, y llevar a la práctica los conocimientos que adquieran a través de estos instrumentos.

También se obligan a promover al cumplimiento a las medidas de prevención adoptadas al interior de las empresas, dando un adecuado y cuidadoso uso a los equipos y elementos de protección personal.

Las partes acuerdan informar anualmente al ministro del Trabajo y Previsión Social las actividades desarrolladas y sus resultados. Para ello, se conformará una Comisión cuatripartita, compuesta por 3 representantes del Ministerio y uno por cada una de las partes que suscriben este Acuerdo, cuyo propósito será evaluar trimestralmente los avances conseguidos.

El Acuerdo Nacional tendrá vigencia hasta el 2010, en cuya oportunidad se evaluará integralmente el trabajo desarrollado a contar del año 2005 para establecer un nuevo acuerdo en materias de prevención de riesgos laborales.