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Estatuto Docente, Particular pagado, Derechos
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¿Puede el empleador citar a un docente de un establecimiento particular pagado durante enero o febrero a actividades de perfeccionamiento u otras que no tengan el carácter de docencia de aula hasta por tres semanas?

No. La facultad de convocatoria del empleador durante el feriado sólo está prevista respecto del sector municipal y particular subvencionado regido por el Decreto Ley N° 2 de 1996, no así respecto del sector particular pagado y técnico profesional regido por el Decreto Ley N° 3.166 de 1980.

Estatuto Docente, Particular pagado, Derechos
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La facultad de convocatoria del empleador durante el feriado sólo está prevista respecto del sector municipal y particular subvencionado regido por el Decreto Ley N° 2 de 1996, no así respecto del sector particular pagado y técnico profesional regido por el Decreto Ley N° 3.166 de 1980, los que se encuentran afectos a las reglas generales contenidas en el Código del Trabajo en materia de feriado legal.

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Última modificación: 09/04/2018

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