Acceso especial para personas ciegas.

Trámites y Servicios

Regístrese para operar en línea Nuevo usuario Usuario registrado

Dirección del Trabajo

Ratificación de renuncia voluntaria del trabajador

Inspectores del Trabajo, notarios, oficiales del Registro Civil y secretarios municipales actúan como Ministros de Fe para ratificar una renuncia voluntaria que pone término a una relación laboral.

¿En qué consiste?

El/la trabajador/a que desee renunciar a su empleo debe concurrir ante un Ministro de Fe (Inspector del Trabajo, Notario Público, Oficial del Registro Civil, Secretario Municipal) a ratificar por escrito su expresión de poner término a la relación laboral. La renuncia debe ser con una anticipación de 30 días, a menos que el empleador acepte un período inferior.

¿A quién está dirigido?

Trabajadores

¿Dónde se realiza?

Unidad de Atención de Público de la Inspección del Trabajo, de lunes a viernes entre las 09:00 y 14:00 horas

Requisitos

Renuncia del trabajador por escrito, en tres ejemplares y Cédula de Identidad del mismo

Documentos Requeridos

  • Carta de Renuncia (triplicado)
  • Cédula de Identidad del trabajador

Observaciones

La renuncia debe ser comunicada 30 días antes al empleador, a menos que este acepte un plazo inferior.

Asuntos Laborales,Término de contrato