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Dirección del Trabajo
Ratificación de renuncia voluntaria del trabajador
Inspectores del Trabajo, notarios, oficiales del Registro Civil y secretarios municipales actúan como Ministros de Fe para ratificar una renuncia voluntaria que pone término a una relación laboral.
¿En qué consiste?
El/la trabajador/a que desee renunciar a su empleo debe concurrir ante un Ministro de Fe (Inspector del Trabajo, Notario Público, Oficial del Registro Civil, Secretario Municipal) a ratificar por escrito su expresión de poner término a la relación laboral. La renuncia debe ser con una anticipación de 30 días, a menos que el empleador acepte un período inferior.
¿A quién está dirigido?
Trabajadores
¿Dónde se realiza?
Unidad de Atención de Público de la Inspección del Trabajo, de lunes a viernes entre las 09:00 y 14:00 horas
Requisitos
Renuncia del trabajador por escrito, en tres ejemplares y Cédula de Identidad del mismo
Documentos Requeridos
- Carta de Renuncia (triplicado)
- Cédula de Identidad del trabajador
Observaciones
La renuncia debe ser comunicada 30 días antes al empleador, a menos que este acepte un plazo inferior.
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