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Dirección del Trabajo

Autorización de votaciones con asamblea parciales

Permiso otorgado a los interesados para efectuar votaciones parciales cuando los socios se encuentran distribuidos en distintas localidades, o cuando por razones propias del trabajo no es posible realizar la votación en un sólo acto.

¿En qué consiste?

Se autoriza que el acto de constitución, renovación de directorio u otro sea ejecutado en actos parciales con asambleas parciales. Se autoriza a los peticionarios a efectuar votaciones parciales cuando sus socios se encuentran distribuidos en distintas localidades, o por razones propias de su trabajo, no es posible llevar a efecto la votación en un sólo acto.

¿A quién está dirigido?

A organizaciones sindicales, regidas por el Código del Trabajo y por la Ley N º 19.296.

¿Dónde se realiza?

Inspecciones del Trabajo.

Requisitos

El trámite se efectúa en la Inspección del Trabajo donde se encuentra registrada la organización, y la Inspección lo tramita internamente en la Dirección Regional del Trabajo respectiva.

Documentos Requeridos

Solicitud escrita de los interesados.

Observaciones

El tiempo de tramitación, en la práctica indica un promedio de 4 días. No obstante la autorización es inmediata.

Costo

No tiene costo

Tiempo de realización

El plazo lega es de 4 días.

Asuntos Sindicales