Permite a los socios de una organización sindical realizar votaciones parciales cuando:
La autorización es para los actos donde el escrutinio puede ser simultáneo o al término de cada acto parcial.
{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año.}}
Organizaciones sindicales regidas por el Código del Trabajo y asociaciones de funcionarios normadas por la Ley Nº19.296.
Solicitud escrita de los interesados.
No tiene costo.