Trabajadora de casa particular que han sido despedidas y tienen imposiciones en una AFP.
Se otorga en casos en que el empleador no ha escriturado el finiquito. De esta forma la trabajadora puede hacer efectivo el pago de indemnizaciones en su AFP.
Trabajadora de casa particular que han sido despedidas y tienen imposiciones en una AFP.
El trabajador o trabajadora de casa particular que es despedido tiene derecho, cualquiera sea la causa que origine la terminación del contrato, a una indemnización a todo evento equivalente a 15 días de sueldo imponible, por cada año trabajado, con un tope de 11 años. Para que el trabajador o trabajadora goce de este beneficio, el empleador está obligado a efectuar, de su cargo, un aporte equivalente al 4.11% de la remuneración mensual imponible del trabajador. Este dinero se cotiza en la AFP donde se encuentra afiliado. Para ésto, debe suscribir un finiquito, que debe constar por escrito y ser ratificado por el trabajador ante un ministro de fe.
Cuando el empleador por diversas razones no entrega el finiquito al trabajador(a) de casa particular, este puede dirigirse a la Unidad de Atención de Público de la Inspección del Trabajo correspondiente a su jurisdicción y realizar una declaración jurada (certificado) ante un ministro de fe, que reemplaza al finiquito.
Posteriormente con dicha declaración y con su carnet de identidad, el trabajador(a) deberá concurrir a la AFP respectiva y tramitar el retiro de dinero de su fondo de cuenta de indemnización de trabajador(a) de casa particular.
El trabajador (a) puede dirigirse a la Unidad de Atención de Público de la Inspección del Trabajo correspondiente a su jurisdicción y realizar una declaración jurada ante un ministro de fe.
Trabajadoras de casa particular.
Término de la relación laboral o es despedido de trabajadora.
El trámite no tiene costo
El plazo legal es de 1 día.
Certificado de finiquito de trabajadora de casa particular