Cuando una persona se dedica en forma continua a prestar servicios de aseo y asistencia propios al hogar, a favor de una o más personas naturales o de una familia, es obligatorio celebrar un contrato de trabajadora de casa particular. Esta obligación rige aun en caso que el trabajador preste servicios un día a la semana, bajo jornada completa o parcial, o para uno o más empleadores.
Trabajadores de casa particular que no viven en la casa de su empleador.
Trabajadores de casa particular que sí viven en la casa de su empleador.
Cotizaciones que financia el trabajador. Deben ser descontadas de la remuneración bruta que tiene derecho a recibir el trabajador en el respectivo mes:
Cotizaciones que financia el empleador. El empleador, a su propio costo, deberá pagar las siguientes cotizaciones: