Acceso especial para personas ciegas.

¿Qué ocurre con las cotizaciones previsionales y de salud durante el tiempo en que se haga uso del permiso postnatal parental bajo la modalidad de reincorporación parcial?

Según lo establecido por el artículo 7º de la ley Nº 20.545, durante el periodo en que se haga uso del subsidio por permiso postnatal parental establecido en el artículo 197 bis del Código del Trabajo, se efectuarán las cotizaciones conforme a la normativa que rige a los subsidios por incapacidad laboral, por lo cual, las cotizaciones previsionales y de salud deben ser descontadas y enteradas por la respectiva entidad pagadora del subsidio.
Ahora bien, de acuerdo a la misma norma, cuando el trabajador se reincorpore parcialmente a sus labores, de acuerdo a lo establecido en la citada disposición, la entidad pagadora del subsidio deberá enterar las cotizaciones sobre la base del cincuenta por ciento de la remuneración imponible por la cual se efectuaron las cotizaciones durante el permiso postnatal.

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MATERNIDAD, DESCANSOS MATERNALES