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Estatuto Docente; Actividades curriculares no lectivas; Improcedencia de imponer la planificación de clases;

ORD. N°5486

10-nov-2016

Da respuesta a solicitud que indica.

estatuto docente, actividades curriculares no lectivas, improcedencia imponer planificación clases,

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO JURIDICO

K:3928(1999)2016

ORD.:5486/

MAT.: Estatuto Docente; Actividades curriculares no lectivas; Improcedencia de imponer la planificación de clases;

RORD.: Da respuesta a solicitud que indica.

ANT.: 1) Reunión de 07.11.2016, de abogados de División Jurídica, Ministerio de Educación.

2) Pase N°344 de 24.08.2016 de Jefe Departamento de Inspección.

3) Ordinario N°469 de 11.04.2016 de Inspectora Comunal del Trabajo Norte Chacabuco.

4)) Presentación de 31.03.2016, de Sr. Victor Flores Paillacheo, Vicepresidente Provincial Chacabuco del Colegio de Profesores de Chile A.G.

5) Ordinario N°02/000174 de 02.03.2016, de Subsecretaria de Educación.

SANTIAGO, 10.11.2016

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. VICTOR FLORES PAILLACHEO

VICEPRESIDENTE PROVINCIAL CHACABUCO

COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A.G.

LOS MONTES N°1007

VILLA CORDILLERA

COLINA

En relación con su presentación del antecedente 4), cumplo en informar a Ud. que de acuerdo a lo dispuesto en el Ordinario N°02/000174 de 02.03.2016, de la Subsecretaria de Educación, dicha entidad ha dispuesto que sean las respectivas Secretarias Regionales Ministeriales quienes difundan y trabajen, en conjunto con los establecimientos educacionales, lo resuelto en la Mesa sobre Condiciones para la Docencia y el Agobio Laboral que sesionó el año 2015, en orden a que no resulta legalmente procedente exigir a los docentes la planificación clase a clase, coartándoles la autonomía profesional, no siendo procedente, por tanto, que tal labor de difusión sea asumida por este Servicio.

Lo anterior, ha de entenderse sin perjuicio de la facultad que le asiste a los docentes de recurrir ante las Inspecciones del Trabajo respectivas a fin de denunciar a sus empleadores en el evento que estos los obliguen, sin su consentimiento, a realizar dicha actividad curricular no lectiva de planificación clase a clase, como asimismo, denunciar una posible practica de acoso laboral como consecuencia de lo mismo.

Es todo cuanto puedo informar.

Saluda a Ud.,

JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURIDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

LBP/BDE

Distribución:

-Jurídico

-Partes

-Control

- I.C.T. Norte Chacabuco

ORD. N°5486
estatuto docente, actividades curriculares no lectivas, improcedencia imponer planificación clases,

Catalogación

estatuto docente, actividades curriculares no lectivas, improcedencia imponer planificación clases,