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Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo

Jefe: Jonatán Jiménez T.

La Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo desarrolla las siguientes funciones:

  1. Diseñar e implementar la política y directrices del Departamento de Inspección en materias de Seguridad y Salud en el Trabajo, en base a los lineamientos y objetivos estratégicos institucionales, elaborando instrumentos y procedimientos que fortalezcan la labor de inspección en el ámbito de sus competencias.
  2. Diseñar y ejecutar las distintas acciones que demanden tanto la implementación de la Política como el Programa Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, para posicionar a la Dirección del Trabajo como una entidad comprometida con la protección y seguridad de los trabajadores.
  3. Proponer estrategias de difusión e intervención tanto a actores internos como externos para potenciar el desarrollo de la prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en los lugares de trabajo.
  4. Asumir, cuando se determine, fiscalizaciones especiales solicitadas por Autoridades, referidas a materias de seguridad y salud en los lugares de trabajo en coordinación con otras Unidades.
  5. Proponer acciones de fiscalización por programa, relacionadas con la Seguridad y Salud en el Trabajo, y Laborales que correspondan.
  6. Proporcionar apoyo y asistencia técnica a la línea de inspección en materias de fiscalización en el ámbito de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  7. Proponer modificaciones normativas, de doctrina administrativa y al procedimiento de fiscalización que procedan, en materias de Seguridad y Salud del Trabajo y laborales de competencia de la Unidad.
  8. Mantener el sistema de vigilancia de accidentes graves y fatales, ocurridos en los lugares de trabajo y pesquisados a nivel país, retroalimentando a la línea y a los diversos usuarios que requieran dicha información.
  9. Participar en mesas de trabajo que permitan, tanto al Departamento de Inspección como a la Dirección del Trabajo, coordinar y avanzar en el ámbito de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
  10. Gestionar las solicitudes de autorización de sistemas de distribución excepcional de jornada de trabajo y de descanso que sean de competencia del Departamento de Inspección.
  11. Administrar el registro nacional de autorizaciones de sistemas de distribución excepcional de jornada de trabajo y de descanso otorgadas y establecer mecanismos de control para evaluar el cumplimiento de la norma a nivel país.
  12. Asumir, cuando se solicite, fiscalizaciones especiales asociadas al Convenio sobre el Trabajo Marítimo (MLC), 2006.
  13. Contribuir a la preparación y diseño de la política de inspección.