Si eres empleadora o empleador, debes cumplir con tu obligación de registrar en la Inspección del Trabajo el contrato de una o un trabajador de casa particular, tal como lo establece el artículo 146 ter del Código del Trabajo.
Importante:
{{mensaje[reloj]:Registra el contrato durante todo el año a través del sitio web de la Dirección del Trabajo (DT) y en las oficinas de la Inspección del Trabajo.}}
Para realizar el trámite, solo necesitarás el contrato de trabajo firmado por la o el trabajador de casa particular.
Si prefieres, puedes utilizar los siguientes modelos:
En línea:
Ingresa al sitio web de la DT con tu RUN y clave. Luego, haz clic en "Trabajador de casa particular" y sigue los pasos que te indique el sistema.
Si no la tienes o la olvidaste, podrás registrarte o recuperarla, respectivamente.
Como resultado del trámite, recibirás un comprobante que detallará las indicaciones del contrato, si corresponde.
En oficina:
Dirígete a la oficina de la Inspección del Trabajo más cercana.
Si tienes dudas, comunícate con la Dirección del Trabajo (DT):