Ordinarios
Sistema excepcional de distribución de jornada y descanso; Autorización; Postergación de la hora de ingreso; Modificación;
ORD. N°1634
18-abr-2013
La existencia de una resolución del Director del Trabajo, sobre autorización de sistema excepcional de distribución de jornada de trabajo y descansos, emitida según lo dispuesto en los incisos 6° y final del artículo 38 del Código del Trabajo, impediría que el empleador pueda ejercer las facultades que le confiere el inciso 2° del artículo 12 del mismo Código, para disponer el anticipo o postergación de la hora de ingreso al trabajo del personal regido por dicha resolución, por lo que debería solicitar para tales efectos la modificación de la misma.
Referencias al Código del Trabajo
TITULO PRELIMINAR
Capítulo I NORMAS GENERALES
Párrafo 4º Descanso semanal