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Dictámenes

Estatuto Docente; Asignación de Perfeccionamiento; Porcentaje; Procedencia;

ORD. Nº816/37

06-mar-2001

Niega lugar a la solicitud de reconsideración del dictamen Nº2560/0195, de 11.06.2000.

estatuto docente, asignación perfeccionamiento, porcentaje, procedencia,

ORD. Nº 816/37

MAT.: 1) Estatuto Docente. Asignación de Perfeccionamiento. Porcentaje. 2) Estatuto Docente. Asignación de Perfeccionamiento. Procedencia.

RDIC.: Niega lugar a la solicitud de reconsideración del dictamen Nº 2560/0195, de 11.06.2000.

ANT.: 1) Memorándum Nº 23 de 15.­02.­2001, de Sr. Jefe departamento de Fiscalización. 2) Presen­tación de 30.01.20­01, de Sra. Isabel Margarita Man­dio­la Serrano, Secretario Ge­neral Corporación Municipal de Desa­rrollo Social de Pro­vi­den­cia.

FUENTES:

Ley 19.070, artículo 49. Decre­to Nº 453, de 1994, del Minis­terio de Educación, artículos 110 y 112.

SANTIAGO, 06 DE MARZO DEL 2001

DE : DIRECTORA DEL TRABAJO

A : SEÑORA ISABEL MARGARITA MANDIOLA SERRANO

SECRETARIO GENERAL

CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO

SOCIAL DE PROVIDENCIA

AV. PEDRO DE VALDIVIA N° 963

P R O V I D E N C I A/

Mediante presentación del antecedente 2), solicita reconsideración del dictamen Nº 2560/0195, de fecha 11.06.00, que concluye que: "Para acceder al beneficio de la asignación de perfeccionamiento prevista en el artículo 49 de la Ley 19.070 no es requisito que el programa, curso, o actividad de perfeccionamiento esté relacionado con la función profesional que desempeña el docente, teniendo en todo caso dicho factor sólo incidencia en el porcentaje de la asignación dentro del tramo y puntaje que resulte de la aplicación de la tabla contenida en el artículo 2° del Decreto Nº 789, de 1992, del Ministerio de educa­ción".

Sobre el particular, cúmpleme con informar a Ud. que los argumentos en que se fundamenta la solicitud aludida fueron oportunamente analizados con ocasión del estudio de los antecedentes que dieron origen a la conclusión arribada en el referido dictamen.

Atendido lo expuesto, y habida consideración que los antecedentes aportados no permiten modificar lo resuelto en el documento que se trata, cumplo con informar a Ud. que se niega lugar a la reconsideración del dictamen Nº 2560/0195, de 11.06.2000.

Saluda a Ud.,

MARIA ESTER FERES NAZARALA

ABOGADA

DIRECTORA DEL TRABAJO

ORD. Nº816/37

estatuto docente, asignación perfeccionamiento, porcentaje, procedencia,

Catalogación

estatuto docente, asignación perfeccionamiento, porcentaje, procedencia,