Ordinarios
Vínculo de subordinación y dependencia; Socio mayoritario y representante del empleador;
ORD. N°211
10-ene-2020
El Sr. don Felipe Andrés Zapico Rodríguez no mantiene una relación laboral bajo subordinación o dependencia con la sociedad Laboratorio Internacional Pharmacorp SBO S.A., ni tampoco con la empresa Asesorías e Inversiones Zapico Jara y Compañía Limitada.
Departamento Jurídico y Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales
E5094(362)2019 / E48143(2529)2019
ORD. N°211
MAT: Vínculo de subordinación y dependencia; Socio mayoritario y representante del empleador;
RORD.: El Sr. don Felipe Andrés Zapico Rodríguez no mantiene una relación laboral bajo subordinación o dependencia con la sociedad Laboratorio Internacional Pharmacorp SBO S.A., ni tampoco con la empresa Asesorías e Inversiones Zapico Jara y Compañía Limitada.
ANT.: 1) Revisión de 06.01.2020, de Jefe Departamento Jurídico y Fiscal.
2) Presentación de 12.02.2019, de Sr. Ignacio Molina González en representación del Sr. Felipe Andrés Zapico Rodríguez.
SANTIAGO, 10.01.2020
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A: SR. IGNACIO MOLINA GONZÁLEZ
CALLE VOLCÁN LASCAR PONIENTE Nº748
PUDAHUEL
Mediante presentación del antecedente 2), ha solicitado a esta Dirección un pronunciamiento jurídico tendiente a determinar la existencia de una relación laboral bajo subordinación o dependencia del Sr. Felipe Andrés Zapico Rodríguez con las empresas Laboratorio Internacional Pharmacorp SBO S.A. y Asesorías e Inversiones Zapico Jara y Compañía Limitada.
Señala que su solicitud obedece al requerimiento que le hubiere efectuado la Administradora de Fondos de Cesantía AFC, con el fin de evaluar perseverar en el cobro, o en su defecto la devolución de las cotizaciones destinadas al financiamiento del seguro de cesantía, pagadas a dicha entidad respecto de su representado.
Al respecto, cúmpleme informar a Ud. que de los antecedentes tenidos a la vista, en especial de la escritura pública de constitución de la sociedad "Sociedad de responsabilidad Limitada Asesorías Zapico, Jara y Compañía Limitada", extendida ante el notario público de Santiago Mauricio Bertolino Rendic, de 22.09.2014, se desprende que conforman dicha sociedad don Felipe Zapico Rodríguez, quien aporta el 50% de los derechos sociales; doña Carmen Jara Smith, quien aporta el 48% de los derechos sociales; doña María Zapico Rodríguez, quien aporta el 1% de los derechos sociales; y don Secundio Zapico Ferré, quien aporta el 1% de los derechos sociales.
Del mismo instrumento se desprende que la administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a don Felipe Zapico Rodríguez y doña Carmen Jara Smith.
De iguales antecedentes, especialmente la escritura pública de 29.04.2015, suscrita ante notario público de Santiago Patricio Zaldívar Mackenna, consta la "Transformación social y venta de acciones Laboratorio Internacional Pharmacorp SBO Limitada ahora Laboratorio Internacional Pharmacorp SBO S.A."
La empresa Laboratorio Internacional Pharmacorp SBO Ltda., se constituyó mediante escritura pública de 18.05.2009, otorgada ante notario público de Santiago Gonzalo de la Cuadra Fabres, contaba con dos accionistas: don Jörg Wagner, dueño de un 55% de las acciones y Asesorías Zapico, Jara y Compañía Limitada - representada por el señor Felipe Zapico Rodríguez- dueña de un 45% de las acciones.
Según consta en el referido instrumento el Sr. Jörg Wagner, vendió, cedió y transfirió 45,9% de sus acciones a Asesorías Zapico, Jara y Compañía Limitada y el 1% lo vendió directamente al señor Felipe Zapico Rodríguez, ostentando el 99.9% de las acciones de la empresa la sociedad Asesorías Zapico, Jara y Compañía Limitada.
Se desprende del referido documento que se nombró miembros del Directorio a los señores Felipe Zapico Rodríguez, Miguel Jara Céspedes e Ignacio Molina Gonzalez.
Asimismo, las partes acordaron que la sociedad sería administrada por un Directorio que designaría a un Gerente General premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio y de todas aquellas que expresamente le otorgue el Directorio.
En concordancia con lo anterior, cabe informar, que se solicitó la práctica de una fiscalización, con la finalidad de verificar la situación fáctica en que se encuentra el Sr. Zapico respecto de las sociedades en consulta y, de este modo, responder fundadamente su solicitud.
La diligencia señalada fue practicada por la fiscalizadora Natalia Sánchez Ulloa, dependiente de la Inspección Comunal del Trabajo de Santiago Poniente quien informó, previa constatación de hechos en terreno, que el Sr. Felipe Andrés Zapico Rodríguez, en efecto, no mantiene un vínculo laboral bajo subordinación o dependencia con las empresas Laboratorio Internacional Pharmacorp SBO S.A. y Asesorías e Inversiones Zapico Jara y Compañía Limitada.
Añade, que en la sesión del Directorio de fecha 09.09.2015 de la empresa Laboratorio Internacional Pharmacorp SBO S.A, los directores Felipe Zapico Rodríguez, Miguel Jara Céspedes e Ignacio Molina González, designaron al señor Felipe Zapico Rodríguez como gerente general de la sociedad, quien conforme a la sesión de directorio de fecha 22.09.2015, cuenta con el uso de la razón social.
De este modo, conforme con los antecedentes recabados sobre la presente consulta, no cabe sino concluir que el Sr. Felipe Zapico es socio con una participación del 50% en la Sociedad Asesorías Zapico, Jara y Compañía Limitada, ostentando la calidad de socio mayoritario de la misma y que de manera conjunta con la Sra. Carmen Jara Smith, ejercen la administración y uso de la razón social de dicha empresa.
En cuanto a la empresa Laboratorio Internacional Pharmacorp SBO S.A., la empresa Asesorías Zapico, Jara y Compañía Limitada, cuenta con el 99,9% de las acciones y el señor Felipe Zapico Rodríguez con el 1%, además ostenta el cargo de gerente general de la misma, encontrándose facultado para el uso de la razón social, la representación y administración de esta, pudiendo realizar toda clase de operaciones relacionadas directa o indirectamente con el objeto de la sociedad.
Lo expuesto precedentemente permite sostener que, en la especie, no existe vínculo de subordinación y dependencia entre el Sr. Felipe Zapico Rodriguez y las empresas Laboratorio Internacional Pharmacorp SBO S.A., y Asesorías Zapico, Jara y Compañía Limitada.
Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que esta Dirección carece de competencia legal para pronunciarse sobre el sentido y alcance de lo dispuesto en la ley N°19.728 sobre Seguro de Desempleo, y resolver acerca de aportes y cotizaciones efectuadas por los empleadores y trabajadores al mismo seguro, materias que deben ser conocidas por la misma Administradora de Fondos de Cesantía AFC y, en definitiva, por la Superintendencia de Pensiones.
En consecuencia, a la luz de las normas legales transcritas y comentadas, jurisprudencia administrativa citada y consideraciones formuladas, cúmpleme informar a Ud. que el Sr. Felipe Andrés Zapico Rodríguez no mantiene una relación laboral bajo subordinación o dependencia con la sociedad Laboratorio Internacional Pharmacorp SBO S.A., ni tampoco con la empresa Asesorías e Inversiones Zapico Jara y Compañía Limitada.
Saluda atentamente a Ud.,
DAVID ODDÓ BEAS
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
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