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Período

Ordinarios

Contrato de trabajo; Principio de continuidad laboral; Traspaso de trabajadores;

ORD. N°1535

30-abr-2020

Informa doctrina vigente relativa a traspaso de trabajadores de una empresa a otra.

contrato trabajo, principio continuidad laboral, traspaso trabajadores,

Departamento Jurídico y Fiscalía

Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales

E 19555 (684) 2020

ORD. N°1535

MAT.: Contrato de trabajo; Principio de continuidad laboral; Traspaso de trabajadores;

RORD.: Informa doctrina vigente relativa a traspaso de trabajadores de una empresa a otra.

ANT.: Presentación de fecha 17.03.2020, de Don Edmundo Matus Ahengo.

SANTIAGO, .30.04.2020

DE:JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL (S)

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A: SR. EDMUNDO MATUS AHENGO

BAQUEDANO #915,

OSORNO

matusahengo@gmail.com

Mediante la presentación de antecedente, Ud. ha solicitado a esta Dirección del Trabajo un pronunciamiento respecto de la forma de ejecutar un supuesto traspaso de trabajadores desde una empresa a otra.

Señala que la empresa A tiene 10 trabajadores, a los cuales decidió traspasar a la empresa B -recientemente creada por razones de reordenamiento tributario-, quienes seguirán desarrollando las mismas actividades, en el mismo lugar de trabajo (inmueble), con las mismas condiciones, reconociéndoles la antigüedad laboral por todos los años de servicios trabajados.

Explica que, en dicho escenario, tras una reunión y conversación con todos los trabajadores, quienes manifestaron su plena aprobación, el empleador decidió llevar a cabo las siguientes acciones:

  1. Suscribir finiquito basado en la causal de mutuo acuerdo de las partes con cada trabajador, para dar término a la relación laboral con la empresa A, no pagando indemnizaciones, declarándose que la empresa A no adeuda obligaciones laborales o de otra naturaleza.
  2. Suscribir un nuevo contrato laboral entre los trabajadores y la empresa B, dejando constancia en una de sus cláusulas, que se reconoce la antigüedad laboral del trabajador en la empresa A, tal como se aprecia en consulta expuesta en el portal web de la Dirección del Trabajo.

Además, solicita que, en el caso que las acciones propuestas no correspondiesen, se le instruya respecto del procedimiento que se debe aplicar para dar término formal y escrito a una relación contractual de los trabajadores de la empresa A y como reconocer antigüedad laboral de los trabajadores en la nueva empresa B.

Al respecto, cúmpleme informar a Ud. lo siguiente:

En primer lugar, es preciso señalar que esta Dirección carece de competencia para resolver sobre la legalidad o procedencia jurídica del procedimiento por Ud. propuesto, pues ello implicaría, por una parte, calificar la causal de término de contrato invocada y, por otra, pronunciarse sobre la nulidad o validez de los respectivos finiquitos, materias ambas cuyo conocimiento y resolución corresponderá en forma privativa a los Tribunales de Justicia.

Además, las consultas planteadas se refieren en términos genéricos al traspaso de trabajadores de una empresa a otra e impide que este Servicio se pronuncie, por cuanto ello implicaría resolver a priori y sin contar con los antecedentes necesarios para ello, lo cual no resulta jurídicamente procedente.

Establecido lo anterior y sobre el particular, cúmpleme remitir a Ud. copia del Ordinario N°3263, de 01.07.2015, el cual contiene la doctrina vigente sobre la materia consultada.

En consecuencia, sobre la base de la disposición legal citada, jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cúmpleme informar a Ud. que respecto de la materia consultada debe estarse a lo señalado en el cuerpo del presente informe.

Saluda atentamente a Ud.,

SONIA MENA SOTO

ABOGADO

JEFA DEPARTAMENTO JURIDICO Y FISCAL (S)

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

LBP/NPS

Distribución

Jurídico

Partes

Control

ORD. N°1535
  1. https://www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-60791.html
contrato trabajo, principio continuidad laboral, traspaso trabajadores,

Catalogación

contrato trabajo, principio continuidad laboral, traspaso trabajadores,