Ordinarios
Trabajadoras Jardines Infantiles VTF; Corporación Municipal; Derecho Feriado; Ley 20.994;
ORD. N°2467
03-sep-2020
Al personal que se desempaña en establecimientos de educación parvularia financiados mediante transferencia de fondos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles que, durante el período de receso o suspensión de actividades establecidas en la Ley N°20.994, ha hecho uso de sus descansos maternales y/o permiso postnatal parental no le asiste el derecho a impetrar el beneficio del feriado en otra época del año.
Referencias al Código del Trabajo
Capítulo VII DEL FERIADO ANUAL Y DE LOS PERMISOS