Ordinarios
Competencia Dirección del Trabajo; Relación laboral Terminada;
ORD. N°1075
17-jun-2022
1. La Dirección del Trabajo se encuentra legalmente impedida de pronunciarse por tratarse de una materia cuyo conocimiento y resolución corresponde a los Tribunales de Justicia. 2. La Dirección del Trabajo se encuentra legalmente impedida de pronunciarse por tratarse de una materia cuya competencia se encuentra radicada en el Ministerio de Desarrollo Social con la prevención de la competencia que se otorgó durante los años 2012 y 2013 al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.
Referencias al Código del Trabajo
Título V De la Terminación del Contrato de Trabajo y Estabilidad en el Empleo
Título V De la Terminación del Contrato de Trabajo y Estabilidad en el Empleo
Título V De la Terminación del Contrato de Trabajo y Estabilidad en el Empleo
Título V De la Terminación del Contrato de Trabajo y Estabilidad en el Empleo
Título V De la Terminación del Contrato de Trabajo y Estabilidad en el Empleo
Título V De la Terminación del Contrato de Trabajo y Estabilidad en el Empleo