Ordinarios
Competencia Dirección del Trabajo; Consulta Genérica;
ORD. N°1446
22-ago-2022
La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse respecto al término de la relación laboral, toda vez que las situaciones específicas señaladas, requieren que sean analizadas bajo la observación de circunstancias fácticas concretas, cuya competencia corresponde exclusivamente a los tribunales de justicia.