Ordinarios
Control de Velocidad; Conductores; Trasporte Terrestre; Vehículos manejados por trabajadores de empresa;
ORD. N°89
08-ene-2014
La actualización de un empleador consistente en el control de velocidad que alcanzan los vehículos manejados por sus trabajadores en carretera, se enmarca plenamente dentro de sus facultades de dirección y disciplinarias que le reconoce el legislador, más aún cuando incide en un ámbito regulado por ley, como es la velocidad de lo vehículos motorizados, en cuyo respeto le cabe una responsabilidad directa al empleador.