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Dictámenes y Normativa

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Ejemplo: 4919/115
Período

Ordinarios

Feriado obligatorio e irrenunciable; Trabajadores del Comercio; Días 1° mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1° de enero;

ORD. N°823

20-feb-2013

Los dependientes que laboran para Punto Perú Ltda., tienen derecho a los festivos obligatorios e irrenunciables del 1° de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1° de enero de cada año.

feriado obligatorio e irrenunciable, trabajadores comercio, días 1° mayo, 18 y 19 septiembre, 25 diciembre y 1° de enero,
ORD. N°823
feriado obligatorio e irrenunciable, trabajadores comercio, días 1° mayo, 18 y 19 septiembre, 25 diciembre y 1° de enero,

Referencias al Código del Trabajo

Párrafo 4º Descanso semanal

Catalogación

feriado obligatorio e irrenunciable, trabajadores comercio, días 1° mayo, 18 y 19 septiembre, 25 diciembre y 1° de enero,