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Ordinarios

Sistema de votación por medios electrónicos;

ORD. N°139

29-feb-2024

El sistema computacional de votaciones para organizaciones sindicales y asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, comercializado por la empresa Sindiconsul Chile S.p.A., denominado “CustomVote”, se ajusta a todas las exigencias vigentes sobre la materia por lo que se autoriza su utilización en el ámbito de las relaciones laborales.

sistema votación por medios electrónicos,

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes

e Informes en Derecho

E267978 (2662) 2023

ORD.: Nº139

MAT.: Sistema de votaciones por medios electrónicos.

RORD.: El sistema computacional de votaciones para organizaciones sindicales y asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, comercializado por la empresa Sindiconsul Chile S.p.A., denominado "CustomVote", se ajusta a todas las exigencias vigentes sobre la materia por lo que se autoriza su utilización en el ámbito de las relaciones laborales.

ANTS.: 1) Instrucciones de 15.02.2024 de Jefe (S) Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Presentaciones de 14.12.2023 de Sr. Cristián Ruminot Vargas en representación de empresa Sindiconsul Chile S.p.A.

SANTIAGO, 29.02.2024

DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

A:SR. CRISTIÁN RUMINOT VARGAS

SINDICONSUL CHILE S.P.A.

cristian.ruminot@sindiconsulchile.cl

Mediante la presentación de antecedente 2), usted ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento respecto de un sistema, denominado "CustomVote", destinado al desarrollo de votaciones de organizaciones sindicales, asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, cajas de compensaciones y comités paritarios, a través de medios digitales.

Al respecto, cabe hacer presente que esta Dirección, mediante Ord N°1392 de 16.08.2022, se pronunció respecto del sistema informático de votaciones sindicales consultado, provisto por la empresa Sindiconsul Chile S.p.A., concluyendo, en lo pertinente, que la plataforma se ajustaba a las exigencias contenidas en el Dictamen N°2532/048 de 05.11.2021.

De este modo, mientras el sistema informático de que se trate no sufra modificaciones que alteren la conclusión vertida en el citado Ord N°1392 de 16.08.2022, su utilización en los procesos eleccionarios desarrollados por las organizaciones sindicales, asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, cajas de compensaciones y comités paritarios, seguirá siendo válida.

En consecuencia, sobre la base de la jurisprudencia administrativa citada y consideraciones formuladas, cúmpleme informar a usted que el sistema computacional de votaciones para organizaciones sindicales y asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, comercializado por la empresa Sindiconsul Chile S.p.A., denominado "CustomVote", se ajusta a todas las exigencias vigentes sobre la materia por lo que se autoriza su utilización.

Saluda a Ud.,

NATALIA POZO SANHUEZA

ABOGADA

JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

GMS/RCG

Distribución:

Jurídico;

Partes;

Control;

ORD. N°139
sistema votación por medios electrónicos,

Catalogación

sistema votación por medios electrónicos,