Ordinarios
Jornada de Trabajo; Tiempo de Descanso; Colación;
ORD. N°2142
28-may-2013
El tiempo de descanso para colación pactado por el personal que se desempeña en los locales comerciales de las empresas Carnes Mulchén Limitada y Carnes Escudero Limitada, que implica para dichos trabajadores interrumpir la jornada de trabajo una vez al día durante un lapso no inferior a dos horas, transgrede la norma prevista en el inciso 1° del artículo 34del Código del Trabajo.
Referencias al Código del Trabajo
Párrafo 3º Descanso dentro de la jornada