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Dictámenes y Normativa

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Período

Dictamen destacado

ORD.: Nº3674/276

Materias únicas: dias no laborados - remuneración - remuneraciones dias no laborados
Fecha: 10-ago-1998

La empresa Sociedad Industrial de Productos Plásticos Sidepla S.A. tiene la obligación de pagar a sus trabajadores, durante el tiempo en que estuvieron a disposición del empleador sin realizar labor, por causas no imputables a éstos, el denominado bono tercer turno, resultando improcedente, en este caso, el pago de las horas extraordinarias.