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Funciones de Departamentos y Oficinas

A continuación se presentan las funciones de Departamentos y Oficinas aplicable a este Organismo

Unidad u órgano interno Facultades, funciones o atribuciones Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha última modificación (dd/mm/aaaa)
Director(a) Nacional del Trabajo Le corresponde especialmente:
a) La dirección y supervigilancia de la Dirección del Trabajo en toda la República y la representación del Estado en la aplicación y fiscalización de las leyes sociales;
b) Fijar la interpretación de la legislación y reglamentación social, sin perjuicio de la competencia que sobre determinadas materias tengan otros Servicios u Organismos Fiscales, salvo que el caso esté sometido al pronunciamiento de los Tribunales y esta circunstancia esté en su conocimiento;
c) Velar por la correcta aplicación de las leyes del trabajo en todo el territorio de la República;
d) Autorizar al Subdirector u otros funcionarios para resolver determinadas materias o para hacer uso de algunas de sus atribuciones, actuando "por orden del Director".
e) Proponer al Supremo Gobierno las medidas que, a su juicio, convenga adoptar para la mejor marcha del Servicio y desarrollar todas las iniciativas tendientes a tal fin;
f) Dirigir, controlar y coordinar todas las actividades del Servicio, pudiendo en el ejercicio de esta facultad dictar todas las resoluciones, circulares, órdenes de servicio e instrucciones que estime necesarias para su mejor administración;
g) Proponer el nombramiento, promoción y remoción del personal con sujeción a las disposiciones administrativas pertinentes, sin perjuicio de su facultad para la libre designación o contratación de personal secundario o de servicios menores y a jornal, conforme a los artículos 377º y 379º del decreto con fuerza de ley Nº 338, de 1960, sobre Estatuto Administrativo,(actual DFL Nº 29, del 16.06.2004, el cual fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834 sobre el Estatuto Administrativo);
h) Ubicar y distribuir al personal del Servicio;
i) Aplicar al personal las sanciones que sean de su incumbencia, en conformidad a las disposiciones administrativas en vigor y solicitar las demás medidas de quien corresponda;
j) Resolver respecto del ejercicio de los derechos del personal y fiscalizar el cumplimiento de sus deberes;
k) Encomendar al o a los funcionarios del Servicio, que él designe, determinados trabajos o comisiones, bajo su dependencia directa o del Departamento que señala;
l) Confeccionar y presentar el proyecto de presupuesto anual del Servicio para la consideración de las autoridades que corresponda;
m) Presentar al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, antes del 31 de marzo de cada año, una Memoria Anual sobre la marcha del Servicio;
n) Presentar a la Contraloría General de la República las rendiciones de cuentas de los fondos invertidos por el Servicio;
ñ) Suscribir convenios con organismos nacionales e internacionales, con personas naturales o jurídicas de Derecho Público o Privado, sobre materias, propias del Servicio, previa autorización del Ministerio de Trabajo y Previsión Social;
o) Proponer a la consideración del Supremo Gobierno las reformas legales y reglamentarias relacionadas con el derecho laboral, y
p) En general realizar cualquier gestión o actividad tendiente a una mejor aplicación de las facultades que esta ley u otras le otorgan.
Articulo 5º, DFL Nº2 de 1967

Articulo 5º, DFL Nº2 de 1967

04-Dic-96
Subdirector del Trabajo a) Subrogar al Director, con sus mismas facultades, en los casos de ausencia temporal o accidental, o mientras se nombre al titular, y
b) Cooperar, en general, a la labor que corresponda al Director de acuerdo con la ley. Facultad de ejecutar actos y dictar las resoluciones exentas y fundados que corresponde a la ejecución de procesos de compras y/o contrataciones de bienes y servicio.
c) Mediante Resolución Exenta Nº 724, Delégase en el Subdirector del Trabajo las siguientes facultades:
1.1) Ordenar mediante resolución exenta la instrucción de una Investigación Sumaria o Sumario Administrativo, según corresponda, cuando estime que los hechos son susceptibles de responsabilidad administrativa o en el caso de disponerlo expresamente la ley, designando en el mismo acto al Investigador(a) o Fiscal, en su caso, y nombrando, cuando lo estime conveniente, mediante resolución exenta, nuevo Investigador(a) o Fiscal, en procesos disciplinarios que se encuentren instruidos.
1.2) Desestimar la instrucción de una Investigación Sumaria o Sumario Administrativo cuando considere que los hechos denunciados o reclamados no son susceptibles de responsabilidad administrativa.
1.3) Disponer mediante resolución exenta la reapertura de una Investigación Sumaria o Sumario Administrativo, cuando corresponda, especialmente para que se corrijan vicios esenciales del procedimiento o para ordenar la realización de nuevas diligencias, designando nuevo Investigador(a) o Fiscal, en su caso.
1.4) Aceptar o rechazar, mediante resolución fundada, la declaración de inhabilidad efectuada por el Investigador(a) o Fiscal, según corresponda. En el caso de acceder a la inhabilidad, dictará, en el mismo acto, resolución exenta designando nuevo Investigador(a) o Fiscal para la continuación del proceso disciplinario.
Articulo 6º, DFL Nº2 de 1967, Resolución Exenta Nº 1440 del 15 de diciembre de 2006, Resolución Exenta Nº 724

Articulo 6º, DFL Nº2 de 1967

Resolución Exenta Nº 1440

Resolución Exenta Nº 724

04-Dic-96
Departamento Jurídico Asesorar a la directora(a) del Trabajo en materias que son de su competencia, elaborar los proyectos de dictámenes y ordinarios para la aprobación y posterior suscripción del (a) Director(a) del Trabajo, emitir informes en derecho en el ámbito de su competencia, asesorar jurídicamente a los Departamentos Operativos del Servicio, confeccionar los proyectos de memorias sobre convenios internacionales OIT, coordinación y control jurídico de los procedimientos administrativos a los departamentos operativos, Supervisión, coordinación y control de las acciones asociadas a la Ley 20.285, supervisar, apoyar y controlar el procedimiento administrativo por denuncias por vulneración de derechos fundamentales, tramitar las causas judiciales en que sea parte pasiva o activa la Dirección del Trabajo, supervisar, apoyar y controlar la labor de defensa judicial a nivel nacional y definir criterios jurídicos de la defensa judicial Articulo 11º, DFL Nº2 de 1967, Resolución Exenta Nº 556 del 28 de abril de 2014

Articulo 11º, DFL Nº2 de 1967

Resolución Exenta Nº556

28-Abr-2014
Departamento de Inspección Asesorar al (a) Director(a) del Trabajo en materias de su competencia, El control funcional y técnico de las Inspecciones del trabajo en materias que son de su competencia; Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar la función de fiscalización que compete al Servicio; Impartir las normas generales e instrucciones adecuadas para el cumplimiento de la función de fiscalización, Estudiar y evaluar los resultados de la aplicación de la legislación y reglamentación del trabajo, proponiendo las reformas legales y reglamentarias que la práctica aconseja, gestionar los programas de fiscalización, tanto presencial como virtual, así como nacionales y regionales, planificar la capacitación de los funcionarios de la línea inspectiva, gestionar infomáticamente las multas administrativas que se cursan en el Servicio
  • Que, es compromiso del Supremo Gobierno fortalecer y modernizar la institucionalidad laboral, avanzando hacia un cumplimiento efectivo de la normativa que la regula;
  • Que, para lograr la efectividad de las medidas propuestas por el Supremo Gobierno, se debe fortalecer la institución mandatada legalmente para efectuar el control de la aplicación de la legislación laboral y de la protección de los derechos individuales y colectivos de los trabajadores y empleadores;
  • Que, es necesario adecuar la estructura orgánica del Departamento de Inspección, con el objeto de abordar con éxito estos desafíos, definiendo nuevas funciones específicas y adecuando las existentes, de tal modo que permitan alcanzar los niveles de calidad, eficacia y eficiencia en las labores propias que el contexto demanda.
  • Que, el logro de los compromisos y objetivos del Departamento de Inspección se encuentran supeditados a la maximización de los recursos disponibles, a objeto de que esta organización soporte lo señalado en los considerandos anteriores.
  • ESTABLÉCESE que el Departamento de Inspección, se estructurará sobre la base de un Jefe de Departamento, un Subjefe, que conforman su nivel directivo; la Unidad de Planificación,la Unidad de Control de Gestión, la Unidad de Requerimientos

  • Inspectivos, la Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo, Asesoría Estratégica y Secretaría Departamental, cuyas responsabilidades y funciones, se detallan a continuación:
  • JEFE DE DEPARTAMENTO: dependiente jerárquicamente de la Autoridad Superior de la Institución, le corresponderá:

  • Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar la función de fiscalización que compete al Servicio.
  • Definir las estrategias requeridas para alcanzar los objetivos departamentales y controlar su implementación.
  • Administrar el presupuesto departamental y controlar su ejecución anual.
  • Responder a requerimientos de la superioridad del Servicio, expresados en nuevos encargos estratégicos o asignación de tareas adicionales a las permanentes.
  • SUBJEFE DE DEPARTAMENTO: dependiente jerárquicamente del Jefe del Departamento, le corresponderá:

  • Subrogar al Jefe del Departamento.
  • Coordinar y controlar las actividades de las Unidades que componen el Departamento, para el adecuado desarrollo de la estrategia Departamental, dirigida a dar cumplimiento a los objetivos Institucionales asignados a la línea Inspectiva.
  • Informar periódicamente al Jefe del Departamento sobre el nivel de avance de los planes de trabajo de cada unidad, efectuando al final de cada período anual un informe acerca del nivel de cumplimiento de dichos planes.
  • Gestionar la ejecución presupuestaria del Departamento e informar periódicamente al Jefe del Departamento sobre el avance de la misma.
  • Responder a los requerimientos del Jefe del Departamento.
  • UNIDAD DE PLANIFICACIÓN:

  • Diseñar el plan anual de trabajo de la Unidad en base a lineamientos de planificación estratégica, reportando cuatrimestralmente al Subjefe del Departamento y a la Unidad de Control de Gestión el estado de avance de dicho plan.
  • Desarrollar e implementar los procesos de planificación estratégica y la planificación anual de la línea inspectiva a nivel nacional.
  • Elaborar indicadores de gestión en los distintos ámbitos de compromiso, interno y externo, correspondientes a la línea Inspectiva, así como aquellos de gestión interna que permitan medir el desempeño de las Unidades del Departamento de Inspección.
  • Elaborar la propuesta del presupuesto anual Departamental.
  • Efectuar seguimiento al sistema de control de asistencia de transporte urbano, interurbano y de carga de carretera, identificando opciones de perfeccionamiento para la mejora continua.
  • Administrar el sistema de control de cumplimiento de la normativa laboral portuaria (SCCNLP), compilando y sistematizando la información.
  • Monitorear y administrar el levantamiento de procesos y procedimientos que se desarrollan en las Unidades del Departamento.
  • Generar información confiable y oportuna que permita al Departamento reaccionar ante los cambios del entorno, extrayendo, compilando, sistematizando y analizando los datos provenientes de bases de datos internas y externas.
  • Desarrollar líneas base de información que generen insumos para la oportunidad de mejora de los procesos que tienen lugar para la emisión de los productos y servicios de la línea y su entrega a usuarios.
  • Realizar análisis predictivo y prospectivo identificando las variables que pueden tener impacto en la línea Inspectiva en el mediano y largo plazo.
  • Recopilar antecedentes y realizar labores de detección de empresas que desarrollan su actividad con niveles de incumplimiento de la legislación laboral, previsional y de seguridad y salud laboral, a objeto de proveer información para la toma de decisiones, manteniendo un registro actualizado de empresas según tamaño y nivel de infraccionalidad.
  • Diseñar programas de fiscalización que permitan obtener información respecto de las variaciones de niveles de infraccionalidad, según región y sectores económicos.
  • Elaborar y gestionar el Plan anual de fiscalizaciones de oficio por programa a nivel nacional y revisar y aprobar los programas de fiscalización de oficio que proponen las Direcciones Regionales del Trabajo.
  • Desarrollar alianzas con otros Departamentos para la generación de estudios que permitan caracterizar a los usuarios de los productos y servicios del Departamento como insumo para la mejora de los mismos.
  • Proponer mejoras a los procesos y procedimientos que tienen lugar para la emisión del producto fiscalización en base a la información analizada.
  • Elaborar y gestionar la Matriz de Riesgos y la Matriz Operativa del Departamento.
  • Coordinar interdepartamentalmente la interpretación de datos extraídos desde diversas fuentes, sean estas internas o externas, proponiendo mejoras a las plataformas informáticas existentes, a partir de las necesidades surgidas desde cada una de las Unidades que conforman el Departamento, así como también de las Unidades Operativas del Servicio.
  • Estudiar y evaluar los resultados de la aplicación de la legislación laboral, proponiendo reformas legales y reglamentarias.
  • Elaborar proyectos de intervención en base a temas emergentes que surjan del análisis efectuado por la Unidad, así como responder a requerimientos de participación en proyectos que demande la Institución por vía del Jefe del Departamento, sea del proyecto BID u otro que se establezca. Esto, sin perjuicio que el Jefe del Departamento incorpore funcionarios/as de otras Unidades.
  • Diseñar y proponer un conjunto de mediciones de calidad y cantidad para el Sistema de Evaluación de Desempeño, a objeto de promover un estándar en las programaciones de la línea inspectiva cuyo objetivo sea medir el nivel efectivo de avance en el ámbito del desarrollo de competencias y obtener información en relación con la detección de necesidades de capacitación.
  • Requerir informes técnicos a las Unidades del Departamento según ámbito de competencia, como insumo para el análisis de información y mejora continua de procedimientos.
  • Responder a los requerimientos que realice el Jefe y/o Subjefe del Departamento en el ámbito de competencia de la unidad.
  • UNIDAD DE CONTROL DE GESTIÓN:

  • Diseñar el plan anual de trabajo de la Unidad en base a lineamientos de planificación estratégica, reportando cuatrimestralmente al Subjefe del Departamento el estado de avance de dicho plan.
  • Sistematizar el estado de avance de la planificación Departamental en base a los informes emitidos por cada unidad.
  • Proveer los resultados de la gestión de la línea inspectiva para la cuenta pública anual del Director y para el Balance de Gestión Integral, BGI.
  • Diseñar procedimientos y protocolos de control y seguimiento de la gestión Departamental.
  • Generar informes y reportes para el seguimiento de la gestión de la línea inspectiva y del Departamento.
  • Retroalimentar cuatrimestralmente a las Unidades acerca de los resultados de la gestión de la línea inspectiva y del Departamento.
  • Realizar seguimiento y control de los indicadores de gestión del área Inspectiva (art. 7° ley 19.553/ ley 19.994/ Dipres), como de los indicadores de gestión interna del Departamento, elaborando y difundiendo a la línea los Informes de Control de Gestión correspondientes.
  • Efectuar control y seguimiento a la ejecución de todos los programas de fiscalización, emitiendo una evaluación de resultados expresados en informes, respecto de los nacionales y requiriendo lo mismo respecto de los regionales (análisis en base a elementos cuantitativos y cualitativos).
  • Efectuar seguimiento a la implementación del Manual de Fiscalización y proponer mejoras al procedimiento, en base a insumos otorgados por el control funcional.
  • Efectuar controles funcionales y otorgar asistencia técnica a las regiones en relación con las instrucciones y procedimientos de la línea inspectiva.
  • Efectuar seguimiento a la Matriz de Riesgos del Departamento, generando controles de medidas aplicadas para minimizar los potenciales riesgos.
  • Efectuar seguimiento a la Matriz Operativa del Departamento, generando informes ejecutivos que identifiquen las fortalezas y amenazas.
  • Diseñar y efectuar seguimiento al Plan Anual de Capacitación de la línea, a objeto de proveer información sustantiva en relación con la disminución o mantención de brechas de competencia.
  • Realizar análisis de las necesidades emergentes de la línea inspectiva, definiendo adecuaciones y/o incorporación de aplicaciones a las herramientas informáticas, traduciéndolas en requerimientos para el Comité tecnológico en base a diseño establecido por PMO, efectuando seguimiento al desarrollo y control mediante pruebas o pilotos, para la posterior validación y puesta en marcha de las modificaciones aprobadas.
  • Diseñar e implementar un sistema interno para impulsar el desarrollo de competencias de los integrantes de la línea inspectiva, en base a análisis de brechas e insumos generados sea por vía del análisis propio de la unidad, sea por vía del control de gestión o de insumos entregados por otras áreas del departamento.
  • Generar propuestas metodológicas y de contenidos para su incorporación en el Plan Anual de Capacitación dirigido a la línea inspectiva, que se aboque a minimizar las brechas detectadas.
  • Diseñar un sistema para la gestión del talento, generando programas específicos para el desarrollo, motivación y mantención de dichos talentos en la línea inspectiva
  • Elaborar calendario anual de reuniones mensuales de Jefes de Unidad del Departamento de Inspección, efectuando y manteniendo las actas que se levanten de cada una de las reuniones.
  • Responder a los requerimientos que realice el Jefe o SubJefe del Departamento en el ámbito de competencia de la Unidad.
  • UNIDAD DE REQUERIMIENTOS INSPECTIVOS:

  • Diseñar el plan anual de trabajo de la Unidad en base a lineamientos de planificación estratégica, reportando cuatrimestralmente al Subjefe del Departamento y a la Unidad de Control de Gestión el estado de avance de dicho plan.
  • Administrar la recepción, procesamiento y tramitación de las diversas solicitudes de usuarios internos y externos, ingresadas por vía presencial o virtual (Providencias, Reconsideraciones, ley 20.285, Contraloría General de la República, Cámara de Diputados, Senado, Presidencia de la República, Sistema OIRS, Sindicatos, solicitudes de fiscalización, etc.)
  • Diseñar, implementar y supervisar protocolos de atención a los requerimientos de usuarios de la línea inspectiva.
  • Gestionar las solicitudes de autorización de sistemas de distribución excepcional de jornada de trabajo y de descanso.
  • Administrar el registro nacional de autorizaciones de sistemas de distribución excepcional de jornada de trabajo y de descanso otorgadas y establecer mecanismos de control para evaluar el cumplimiento de la norma a nivel país.
  • Gestionar las solicitudes de autorización de Centralización de documentación laboral y previsional que sean competencia del Departamento de Inspección.
  • Establecer un procedimiento para la derivación de las solicitudes de fiscalización a la instancia pertinente que consigne plazos y formalidades para la entrega a los usuarios.
  • Proponer soluciones a problemáticas del sistema informático en relación con la emisión de certificados de antecedentes laborales y previsionales; de cumplimiento de
  • obligaciones laborales y previsionales y de muellaje que se presenten en las oficinas a lo largo de todo el país, tramitando además los requerimientos internos vinculados con el sistema, entre ellos: administración de privilegios, certificaciones, fiscalización.
  • Gestionar el sistema de investigación de Multirut.
  • Revisar jurídicamente los documentos a emitir por la unidad.
  • Mantener y actualizar periódicamente el procedimiento sancionatorio.
  • Responder a requerimientos de apoyo jurídico realizados por otras Unidades del Departamento.
  • Mantener y actualizar la Intranet y página web relativo al ámbito de Inspección.
  • Responder a los requerimientos que realice el Jefe o SubJefe del Departamento en el ámbito de competencia de la Unidad.
  • UNIDAD DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

  • Diseñar el plan anual de trabajo de la Unidad en base a lineamientos de planificación estratégica, reportando cuatrimestralmente al Subjefe del Departamento y a la Unidad de Control de Gestión el estado de avance de dicho plan.
  • Proponer estrategias para avanzar en el ámbito de los riesgos generales, riesgos específicos tales como higiene industrial y aquellos que provocan enfermedades profesionales y riesgos emergentes, que permitan el posicionamiento de la Institución.
  • Fomentar una política de especialización en seguridad y salud en el trabajo para la línea Inspectiva.
  • Desarrollar una estrategia de alianzas y participación con actores internos y externos que permitan a la Institución el posicionamiento en el ámbito de salud y seguridad en el trabajo, efectuando seguimiento y control de la implementación a objeto de asegurar su perdurabilidad con miras a la obtención de los objetivos a los cuales se dirige.
  • Implementar la política de prevención en seguridad y salud en el trabajo, mediante la elaboración de metodologías, procedimientos, y contenidos de capacitación dirigidos a los fiscalizadores de terreno.
  • Efectuar todas las actuaciones de fiscalización, según requerimiento de la Autoridad Superior del Servicio o Jefe del Departamento de Inspección.
  • Proporcionar apoyo y asistencia técnica a la línea inspectiva en materias de fiscalización en el ámbito de salud y seguridad en el trabajo.
  • Diseñar y ejecutar las distintas acciones que demanden tanto la implementación de la Política como el Programa Nacional de Salud y seguridad en el trabajo, SST.
  • Proponer modificaciones normativas y al procedimiento de fiscalización que procedan, en materias de seguridad y salud del trabajo.
  • Mantener al día el sistema de vigilancia de accidentes graves y fatales, ocurridos en los lugares de trabajo y pesquisados a nivel país, como insumo relevante para la retroalimentación a la línea y a los diversos usuarios que requieran dicha información, y remitir informes técnicos por cada cuatrimestre a la Unidad de Planificación y Desarrollo.
  • Establecer un plan de trabajo con el Departamento de Estudios de la DT y otras instituciones, para la realización de estudios acerca de la realidad de la seguridad y salud en el trabajo y/o riesgos laborales por actividades económicas a nivel país, a objeto de obtener información para el abordaje de la fiscalización a empresas.
  • Responder a los requerimientos que realice el Jefe o SubJefe del Departamento en el ámbito de competencia de la Unidad.
  • SECRETARÍA DEPARTAMENTAL

  • Mantener un registro de toda la documentación ingresada al Departamento sea de usuarios internos como externos.
  • Distribuir la correspondencia a las Unidades del Departamento, otros Departamentos y Oficinas del nivel central.
  • Mantener y organizar los archivos de toda la correspondencia ingresada y egresada, sea de usuarios internos o externos.
  • Efectuar un levantamiento de necesidades de materiales de oficina, en base a requerimientos de las Unidades y gestionar conforme a procedimientos establecidos ante en la instancia correspondiente.
  • Administrar y distribuir los materiales de trabajo a las Unidades.
  • Mantener actualizado el inventario de los bienes inmuebles del Departamento.
  • Responder a los requerimientos que realice el Jefe o SubJefe del Departamento en el ámbito de competencia de la Secretaría.
  • ASESORÍA ESTRATÉGICA:

  • Asesorar al Nivel Directivo del Departamento en materias jurídicas y en la elaboración de informes y respuestas a autoridades, organismos externos y Departamentos u Oficinas del Servicio.
  • Difundir la jurisprudencia administrativa en la línea Inspectiva.
  • Asesorar al Nivel Directivo del Departamento en materias de gestión con especial énfasis en el estado de avance del plan general de instalación del modelo de gestión estratégica, monitoreando el proceso, estableciendo los nudos críticos y proponiendo mecanismos de resolución.
  • Asesorar al Nivel Directivo del Departamento en relación con la aplicación del procedimiento de Inspección, monitoreando su implementación y proponiendo mecanismos de resolución frente a la detección de nudos críticos.
  • Articulo 8º, DFL Nº2 de 1967,

    Resolución Exenta Nº2226 del 30/12/2015

    Resolución Exenta Nº881 de 9 de junio de 2017

    Articulo 8º, DFL Nº2 de 1967

    Resolución Exenta Nº2226 del 30/12/2015

    Resolución Exenta Nº881 de 09 de junio de 2017

    30-dic-2015

    09-jun-2017

    Departamento de Relaciones Laborales Asesorar al (a) Director(a) del Trabajo en materias de su competencia, direccionar estratégicamente tanto la solución alternativa de conflictos laborales, colectivos e individuales; definir , elaborar, divulgar, controlar y evaluar el sistema de solución alternativa de conflictos laborales, individuales y colectivos; apoyar a los funcionarios de la Dirección del Trabajo en la aplicación correcta de los procedimientos vigentes en materia de negociación colectiva y organizaciones sindicales, desarrollar políticas, programas y acciones destinadas a brindar a los actores del mundo laboral, asistencia, capacitación e información sobre materias propias de las relaciones laborales; desarrollar material, metodología y los instrumentos necesarios para lograr que la Asistencia Técnica del Servicio cumpla en forma eficaz los objetivos programados. Articulo 9º y 10º, DFL Nº2 de 1967, Resolución Exenta Nº1689, del 14 de octubre de 2016

    Articulo 9º y 10º, DFL Nº2 de 1967

    Resolución Exenta Nº1689

    14-Oct-2016
    Departamento de Estudios La misión del departamento de estudios será proveer de información especializada sobre relaciones laborales y transformaciones en el mundo del trabajo, mediante investigaciones, estudios diagnósticos, evaluaciones, generación de indicadores estadísticos y análisis de coyuntura, para apoyar la elaboración de políticas públicas y aportar conocimiento a los diversos actores vinculados al mundo del trabajo y a la acción del Servicio. Los objetivos estratégicos del Departamento de Estudios serán:
    - Investigar, analizar y evaluar permanente y periódicamente las transformaciones en las condiciones de trabajo y en la organización de la producción y el empleo.
    - Evaluar el cumplimiento de los derechos laborales, el estado de las relaciones laborales y los estándares de trabajo.
    - Generar Información laboral especializada relevante, confiable, oportuna y de interés público sobre el sistema de relaciones laborales del país y de los procedimientos operativos de la Dirección del Trabajo
    Articulo 17º, DFL Nº2 de 1967,
    Resolución Exenta Nº801 de 3 de junio de 2014

    Articulo 17º, DFL Nº2 de 1967

    Resolución Exenta Nº801 de 3 de junio de 2014

    Resolución Exenta Nº1723 de 26 de septiembre de 2014

    26-sep-2014
    Departamento de Gestión y Desarrollo Generar y contribuir a los procesos e iniciativas de modernización del Servicio, mediante el diseño y aplicación de instrumentos que permitan el seguimiento y evaluación de los resultados de la gestión institucional.
    Implementar a nivel Institucional los procesos de Planificación Estratégica, Planificación Anual y Control de Gestión de la Planificación Anual
    Formular los compromisos Institucionales en el ámbito externo e interno, exigidos por las Instancias Ministeriales y Técnicas, a través de los documentos legales y/o técnicos y sus medios de verificación vigentes
    Preparar, implementar y mantener el Sistema Unificado de Gestión de la Calidad de los procesos que la Institución establezca bajo su alcance, en pos del cumplimiento de los requisitos de la norma ISO 9001:2000, asesorar a el(la) Director(a) del Trabajo en materias de gestión interna y externa de la institución
    Articulo 15º, DFL Nº2 de 1967.

    Resolución Exenta Nº 375 del 13 De mayo de 2011

    Articulo 15º, DFL Nº2 de 1967

    Resolución Exenta Nº 375, mayo de 2011

    04-Dic-96
    Departamento de Atención de Usuarios Asesorar al Director(a) en materias que son de su competencia; Fija los lineamientos estratégicos y funcionales de la Institución en el ámbito de la atención de personas y ser la dependencia responsable de estandarizar los distintos tipos de atención que se entregan a los usuarios cuando solicitan y reciben los distintos servicios de la Dirección del Trabajo. Velar, por la correcta atención que se otorga desde el Servicio al usuario en términos de oportunidad, eficacia, contenido y calidad en la entrega de información. Resolución Exenta Nº 1489 de 31-Ago-2017 Resolución Exenta Nº 1489 31-Ago-2017
    Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas Atender los asuntos relacionados con los derechos y obligaciones del personal de acuerdo con lo que determine el Reglamento Orgánico General del Servicio y, preferentemente, el mantenimiento del Servicio de Bienestar del Personal Articulo 12º, DFL Nº2 de 1967, Resolución Exenta Nº100 del 25 de enero de 2018

    Articulo 12º, DFL Nº2 de 1967

    Resolución Exenta Nº100

     

    25-Ene-2018
    Departamento de Administración y Finanzas Asesorar al director(a) del Trabajo en materias que son de su competencia en cuanto a: Compras y contrataciones del Servicio, Infraestructura, Finanzas y logística Articulo 12º, DFL Nº2 de 1967, Resolución Exenta Nº948 del 17 de septiembre de 2008, Resolución Exenta Nº1190 del 17 de julio de 2014

    Articulo 12º, DFL Nº2 de 1967

    Resolución Exenta Nº948

    Resolución Exenta Nº1190

    17-Jul-2014
    Departamento de Tecnologías de la Información Deja sin Efecto Resolución Exenta Nº 1.550, de 2009, en los Términos que se Señala y Establece Nueva Estructura del Departamento de Tecnologías de Información y Fija Funciones de sus Unidades. Resolución Exenta Nº223 del 26 de febrero de 2015 Resolución Exenta Nº223 N/A
    Oficina de Contraloría Interna Supervigilar el funcionamiento de las Inspecciones;
    b) Cumplir las comisiones e instrucciones que reciba del Director, y
    c) Realizar investigaciones sumarias y sustanciar sumarios administrativos.
    Articulo 14º, DFL Nº2 de 1967, Resolución Exenta Nº1542 del 18 de diciembre de 2003

    Articulo 14º, DFL Nº2 de 1967

    Resolución Exenta Nº1542

    04-Dic-96
    Oficina de Auditoría Son funciones de esta oficina: Evaluar en forma permanente el sistema de control interno institucional y efectuar las recomendaciones para su mejoramiento; Evaluar el Grado de economía, eficiencia, eficacia y equidad con que se utilizan los recursos humanos, financieros y materiales del organismo; promover los mecanismos de autocontrol de las unidades del organismo; verificar la existencia de adecuados mecanismos de información, su confiabilidad y conformidad; Elaborar y proponer al director(a) del Trabajo, para su aprobación, el Plan de Auditoria de la institución; efectuar las medidas correctivas y preventivas emanadas de los informes de auditoria, aprobadas por la autoridad; Otorgar permanente y oportuno aseguramiento al proceso de gestión de riesgos de la dirección del Trabajo Articulo 14º, DFL Nº2 de 1967, Resolución Exenta Nº1502, del 26 de diciembre de 2008, Resolución Exenta Nº1330, del 22 de noviembre de 2010

    Articulo 14º, DFL Nº2 de 1967

    Resolución Exenta Nº1502

    Resolución Exenta Nº1330

    22-Nov-2010
    Direcciones Regionales del Trabajo Las Direcciones Regionales dependerán jerárquica y administrativamente del Director del Trabajo y se relacionarán funcionalmente con cada uno de los Departamentos del Servicio en las materias de su competencia. Representar al Servicio en la Región promoviendo su inserción en el territorio, desarrollando acciones, politicas y programas destinados a hacer efectiva la Misión Institucional.
    Las Direcciones Regionales del Trabajo, son quienes deben ordenar la instrucción de los procedimientos disciplinarios por hechos ocurridos dentro de su territorio, así como sobreseerlos, absolver a los inculpados y aplicar las medidas disciplinarias que no consistan en la destitución, a menos que esta última les haya sido expresamente delegada.
    Decreto Nº 60 de 1984, Ministerio del Trabajo, Resolución Exenta Nº1348 del 1 de diciembre de 2008.

    Reservado N° 150, de fecha 08 de noviembre del 2017.

    Decreto Nº60 de 1984, Ministerio del Trabajo

    Resolución Exenta Nº972

    Reservado Nº150

    NA
    Inspecciones Provinciales/Comunales del Trabajo Los Inspectores Provinciales y Comunales tendrán en su jurisdicción las mismas facultades del Director en lo que respecta a la aplicación de la legislación social, salvo en las que le son privativas. Titulo III y IV, DFL Nº2 de 1967 Titulo III y IV, DFL Nº2 de 1967 04-Dic-96
    Oficina de Control y Gestión de Multas Crea y establece la orgánica estructura y funciones de la Oficina de Control y Gestión de Multas de la Dirección del Trabajo Resolución Exenta N°1822 del 29 de octubre de 2015 Resolución Exenta N°1822 29-Oct-2015

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