1.- Complete el Formulario 30-1 que está dispuesto en nuestro sitio web o que puede solicitar directamente en la Inspección respectiva .
2.- Adjunte al Formulario 30-1 todas las planillas de cotizaciones previsionales de todos los organismos de previsión a los cuales el empleador esté obligado a pagar:
- Planillas de cotización de las distintas AFP
- Planillas de cotización del Seguro de Cesantía AFC
- Planillas de cotización del INP
- Planillas de cotización de las distintas ISAPRES
- Planillas de cotización de la respectiva C.C.A.F, si procede
- Planillas de cotización de la respectiva Mutualidad del empleador, si procede
3.- En materia laboral, adjunte al Formulario 30 - 1 los siguientes documentos requeridos:
-Comprobantes de pago de remuneraciones debidamente firmados por los trabajadores.
-Cualquier otro sistema en uso que tenga el empleador, con la condición que pueda comprobarse el pago de remuneraciones y que contenga, a lo menos, el nombre del trabajador, el monto de la remuneración imponible del respectivo mes y la firma del trabajador.
-Libro auxiliar de remuneraciones (este requisito es sólo para aquellas empresas que posean 5 o más trabajadores)
4.- En materia de indemnizaciones, adjunte al Formulario 30-1 los siguientes documentos:
- Nómina de todos los trabajadores despedidos en el período a certificar, con indicación de la causal invocada y duración de la relación laboral.
- Todas las notificaciones de término de contrato de los trabajadores despedidos en el período que se solicita certificar.
- Todos los finiquitos de los trabajadores despedidos, ratificados ante un Ministro de Fe y que se hubieren originado en el mismo período.
- Los comprobantes de pago de remuneraciones de los últimos 3 meses de los trabajadores despedidos por el art. 161 del Código del Trabajo, por los que no se presenta finiquito y que hubieren tenido remuneración variable.
5.- Presente directamente el Formulario 30-1 y el comprobante de pago de los derechos, en la Oficina de Partes de la Inspección correspondiente o bien haga el trámite a través del sitio web de la Dirección del Trabajo. En este caso, el sistema le entregará un comprobante de solicitud, previo pago de los derechos, también denominado Formulario 30-1, con datos básicos y que luego será ingresado en forma directa a los funcionarios que estén a cargo de la Certificación.
En ambos casos debe adjuntar toda la documentación necesaria para la certificación.
El trámite vía web presenta las siguientes ventajas:
- La solicitud será recibirá directamente por el funcionario, que el Jefe de Oficina haya designado responsable de la Certificación, evitando así ingresar la solicitud por Oficina de partes.
- La solicitud tendrá prioridad para la revisión de los antecedentes para la emisión del Certificado.
- Se dará un trato personalizado al responsable de la empresa del trámite ante la Inspección.
- Se tomarán las medidas pertinentes y que, dentro de la legalidad, permitan agilizar el trámite.
El costo de este certificado es de $ 2.500 si la solicitud se realiza en oficinas del servicio y de $2.200.- si se realiza a través de la Web de la Dirección del Trabajo, cuyo comprobante de pago de los derechos se debe acompañar al Formulario 30-1, cuando el solicitante se presente en la Inspección con los documentos requeridos.