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Jornada de Trabajo, Ordinaria, 45 horas semanales
Jornada de Trabajo, Ordinaria, 45 horas semanales

¿Cuáles son los límites que la ley establece para la jornada de trabajo?

Los límites de la jornada de trabajo son los siguientes: a) 45 horas semanales; b) Las 45 horas pueden ser distribuidas en 5 ó 6 días, y c) 10 horas diarias

Jornada de Trabajo, Ordinaria, 45 horas semanales
Jornada de Trabajo, Ordinaria, 45 horas semanales
De conformidad con lo establecido en los artículos 22 y 28 del Código del Trabajo, la jornada ordinaria de trabajo se encuentra sujeta a límites que las partes deben respetar al convenirla en el contrato de trabajo, siendo éstos los siguientes:
a) No puede exceder de 45 horas semanales;
b) Las 45 horas deben ser distribuidas en la semana en no menos de cinco ni en más de seis días, y
c) No puede exceder de 10 horas diarias.
(Ver: Código del Trabajo, artículos 22 y 28)
Jornada de Trabajo, Ordinaria, 45 horas semanales
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Última modificación: 07/10/2021

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