Los requisitos que deben cumplirse para solicitar la renovación de la Resolución que autoriza un sistema excepcional de jornadas de trabajo y descansos, son los que indica el artículo 38 del Código del Trabajo y el reglamento que debe dictarse por intermedio del Ministro del Trabajo y Previsión Social, previo informe de la Dirección del Trabajo, que determinará los límites y parámetros de distribución de los sistemas excepcionales de jornada de trabajo y descanso. (Para más información ver: Código del Trabajo, artículo 38, inciso séptimo.)
Última modificación: 29/04/2024