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Dictámenes y Normativa

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Ejemplo: 4919/115
Período

Ordinarios

Jornada de Trabajo; Descanso Colación; Tiempo; Duración;

ORD. N°3204

16-ago-2013

El máximo de tiempo que puede comprender el descanso para colación es aquel razonable que debe ocuparse en el consumo de ella, condición esta última, que constituye el criterio uniforme de este Servicio para efectos de su calificación por el respectiv Inspector del Trabajo, en cada caso particular.

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ORD. N°3204
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Referencias al Código del Trabajo

Párrafo 3º Descanso dentro de la jornada

Catalogación

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