Ordinarios
Cláusula tácita; uso de estacionamientos por parte de trabajadores;
ORD. N°1130
27-mar-2019
La consulta referida a si el acceso a estacionamientos para los trabajadores, en las dependencias de la empresa, sin costo para ellos, constituye una cláusula tácita de los respectivos contratos individuales de trabajo, debe ser resuelta sobre la base de la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de esta Dirección, previa fiscalización, misma que debe ser solicitada en la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio en que se prestan los servicios.
DEPARTAMENTO JURÍDICO
UNIDAD DE DICTÁMENES E
INFORMES EN DERECHO
E 3504 (254) 2019
ORD.:1130
MAT.: Cláusula tácita; uso de estacionamientos por parte de trabajadores;
RORD.: La consulta referida a si el acceso a estacionamientos para los trabajadores, en las dependencias de la empresa, sin costo para ellos, constituye una cláusula tácita de los respectivos contratos individuales de trabajo, debe ser resuelta sobre la base de la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de esta Dirección, previa fiscalización, misma que debe ser solicitada en la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio en que se prestan los servicios.
ANT.: Presentación de 17.01.2019, de Sindicato Empresa Swissport Chile SA
SANTIAGO, 27.03.2019
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : ENRIQUE YON CAMPUSANO
PRESIDENTE SINDICATO EMPRESA SWISSPORT CHILE SA
jaramillo.ansieta@hotmail.com
Mediante presentación del antecedente, ha solicitado un pronunciamiento jurídico respecto a si el uso de los estacionamientos de vehículos por parte de los trabajadores podría constituir un beneficio incorporado mediante cláusula tácita al contrato de trabajo.
Al respecto, cabe considerar que este Servicio mediante diversos pronunciamientos jurídicos ha expresado los criterios que determinarían la procedencia de considerar como clausula tácita del contrato de trabajo, el beneficio de estacionamiento.
Por ejemplo, en Ordinario Nº4297 de 13.08.2018, se informó que los trabajadores del Colegio New Heinrich que han gozado del uso gratuito de estacionamiento durante los años 2016 y 2017 tienen el derecho a continuar ejerciendo este derecho en idénticos términos en virtud de cláusula tácita.
Por el contrario, en Ordinario Nº4656 de 04.09.2018, se rechaza la existencia de clausula tácita, en razón que el uso de los estacionamientos correspondió a la mera tolerancia de un tercero ajeno a la relación laboral.
Ahora bien, junto con remitir a usted los pronunciamientos antes indicados, procede informar que en lo concerniente a si el acceso a estacionamientos para los trabajadores, en las dependencias de la empresa, sin costo para ellos, constituye una cláusula tácita de los respectivos contratos individuales de trabajo, debe ser resuelto sobre la base de la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de esta Dirección, previa fiscalización, misma que debe ser solicitada en la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio en que se prestan los servicios.
Saluda a Ud.,
DAVID ODDÓ BEAS
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
MBA/PRC
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