Ordinarios
Teletrabajo o Trabajo a distancia; Competencia Dirección del Trabajo;
ORD. N°1285
21-abr-2021
La Dirección del Trabajo carece de competencia para establecer el lugar en el que debe prestar servicios el trabajador, cuando se pacte la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, como asimismo carece de competencia para autorizar la prestación de servicios en un lugar diverso al que han establecido las partes de la relación laboral.
Referencias al Código del Trabajo
Capítulo I NORMAS GENERALES
Capítulo I NORMAS GENERALES