Ordinarios
Trabajadores del Comercio; Exceptuados de Jornada; Pago días domingos con recargo;
ORD. N°1401
17-ago-2022
Los trabajadores que están excluidos de la limitación de la jornada ordinaria tendrán derecho al incremento cuando se haya convenido el pago de sueldo, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de este Servicio, en la determinación de la existencia de una jornada y del pago de un sueldo.
Referencias al Código del Trabajo
Párrafo 1º Jornada ordinaria de trabajo
Párrafo 4º Descanso semanal