Ordinarios
Negociación colectiva; Huelga; Pago de Beneficios;
ORD. N°444
29-mar-2023
La huelga en tanto perdure solo produce el efecto de suspender el pago de los beneficios o estipendios que indican en el cumplimiento de plazos o eventos y cuya exigibilidad había quedado determinada en el contrato colectivo con anterioridad a su inicio.
Referencias al Código del Trabajo
Título V DEL ARBITRAJE LABORAL
Capítulo VI DERECHO A HUELGA